Acuerdo por el que se reforman los criterios para la elaboración y presentación homogénea de la información financiera y de los formatos a que hace referencia la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.

Viernes 13 de agosto de 2021 Sección Primera Tomo: CCXII No. 28
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ACUERDO por el que se reforman los Criterios para la elaboración y presentación homogénea de la información
financiera y de los formatos a que hace referencia la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los
Municipios.
Al margen un logotipo, que dice: Consejo Nacional de Armonización Contable.
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, 7, 9 y 14 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, se
somete a aprobación del Consejo Nacional de Armonización Contable el siguiente:
Acuerdo por el que se reforman los Criterios para la elaboración y presentación homogénea de la información
financiera y de los formatos a que hace referencia la Ley de Disciplina Financiera de las
Entidades Federativas y los Municipios.
CONSIDERANDO
Que el 27 de abril de 2016 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley de Disciplina Financiera de las
Entidades Federativas y los Municipios (LDF), estableciendo en su Artículo 4 que el Consejo Nacional de Armonización
Contable (CONAC), que en los términos de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG), emitirá las normas
contables necesarias para asegurar su congruencia con la LDF, incluyendo los criterios a seguir para la elaboración y
presentación homogénea de la información financiera referida en la misma y, que de acuerdo a lo establecido en los
Artículos 5, 18 y Vigésimo Transitorio de la LDF, el CONAC emitirá los formatos para las proyecciones de finanzas públicas,
la LDF fue reformada el 30 de enero de 2018.
Que en este marco y en cumplimiento de sus funciones, el CONAC publicó en el Diario Oficial de la Federación el 11 de
octubre de 2016 los "Criterios para la elaboración y presentación homogénea de la información financiera y de los formatos
a que hace referencia la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios", modificados el 27 de
septiembre de 2018.
Que resulta conveniente realizar las reformas para que la información financiera sea congruente con el momento
contable del “Devengado”; con el artículo 14 y c uarto transitorio de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades
Federativas y los Municipios.
Por lo expuesto, el presente documento fue sometido a opinión del Comité Consultivo y aprobado en sesión del 31 de
mayo de 2021.
Acuerdo por el que se reforman los Criterios para la elaboración y presentación homogénea de la información
financiera y de los formatos a que hace referencia la Ley de Disciplina Financiera de las
Entidades Federativas y los Municipios
Se modifica el Anexo 3 “Guía de Cumplimiento de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los
Municipios” el momento contable del “devengado” por “ejercido”, se incorporan los puntos “f” y “g” en el apartado de
Indicadores del Ejercicio Presupuestario, A.- Indicadores Cuantitativos, así como los instructivos correspondientes.
“Objeto…”
Ámbito de aplicación…
“Consideraciones Generales…”
“Periodicidad…”
“Publicación y Entrega de Información…”
“ANEXO 1”…
“ANEXO 2”…
“INSTRUCTIVOS DE LLENADO DE LOS FORMATOS”…

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