Acuerdo por el que Se Reforman y Adicionan las Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de los Ingresos.

MÉRIDA, YUC., LUNES 8 DE OCTUBRE DE 2018. DIARIO OFICIAL PÁGINA 111
ACUERDO por el que se reforman y adicionan las Normas y Metodología para la Determinación de los
Momentos Contables de los Ingresos.
El Consejo Nacional de Armonización Contable con fundamento en los artículos 6, 7, 9 y 14 de la Ley
General de Contabilidad Gubernamental, aprobó el siguiente:
Acuerdo por el que se reforman y adicionan las Normas y Metodología para la Determinación de los
Momentos Contables de los Ingresos
CONSIDERANDO
Que el 31 de diciembre de 2008 fue publicada en el Diario Ofic ial de la Federación la Ley General de
Contabilidad Gubernamental (LGCG), que tiene como objeto establecer los criterios generales que regirán
la Contabilidad Gubernamental y la emisión de información fina nciera de los entes públicos, con el fin de
lograr su adecuada armonización, para facilitar a los entes públicos el registro y la fisc alización de los
activos, pasivos, ingresos y gastos y, en general, contribuir a medir la eficacia, economía y eficiencia del
gasto e ingreso públicos.
Que en este marco y en cumplimiento de sus funciones, el Cons ejo Nacional de Armonización
Contable (CONAC) publicó en el Diario Oficial de la Federación el 9 de diciembre de 2009, las Normas y
Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de los Ingresos, así como sus reformas
del 8 de agosto de 2013, del 20 de diciembre de 2016 y del 27 de diciembre de 2017.
Que es necesario realizar las reformas y adiciones para que la información financiera sea congruente
con el Clasificador por Rubros de Ingresos emitido por el CONAC y pu blicado en el Diario Oficial de la
Federación el 9 de diciembre de 2009, así como su última reforma del 11 de junio de 2018.
Por lo expuesto, el Consejo Nacional de Armonización Contable aprobó el siguiente:
Acuerdo por el que se reforman y adicionan las Normas y Metodología para la Determinación de los
Momentos Contables de los Ingresos
Se reforman los párrafos de ingreso estimado, de ingreso dev engado y de ingreso recaudado, se
reforma la redacción de los incisos a) y b), se elimina inciso c) y se recorren numeración de los incisos d)
y e) quedando ahora como incisos c) y d), se reforma la redacción del ahora inciso d); asimis mo se
reforma el Anexo I, para quedar como sigue:
...
...
El ingreso estimado es el momento contable que refleja los montos previstos que se aprueban
anualmente en la Ley de Ingresos, considerando los conc eptos de: Impuestos, Cuotas y Aportaciones de
Seguridad Social, Contribuciones de Mejoras, Derechos, Productos, Aprovechamientos, Ingresos
Derivados de Financiamientos; así como de la Venta de Bi enes, Prestación de Servicios y Otros Ingresos,
además de Participaciones, Aportaciones, Convenios, Incent ivos Derivados de la Colaboración Fiscal y
Fondos Distintos de Aportaciones; así mismo, las Transferenci as, Asignaciones, Subsidios y
Subvenciones, y Pensiones y Jubilaciones.
...
El ingreso devengado es el momento contable que se r ealiza cuando existe jurídicamente el derecho
de cobro de los Impuestos, Cuotas y Aportaciones de Seguridad Social, Contribuciones de Mejoras,
Derechos, Productos, Aprovechamientos, Ingresos Derivados de Fin anciamientos; así como de la Venta
de Bienes, Prestación de Servicios y Otros Ingresos, además de Participaciones , Aportaciones,
Convenios, Incentivos Derivados de la Colaboración Fiscal y Fondos Distintos de Aportaciones; así mismo
las Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Subvenciones, y Pensiones y Jubilaciones por parte de los
entes públicos. En el caso de resoluciones en firme (definitivas) se deberán rec onocer cuando ocurre la
notificación de la resolución.
El ingreso recaudado es el momento contable que refleja el cobro en efectivo o cualquier otro medio
de pago de los Impuestos, Cuotas y Aportaciones de Seguridad Social, Contribuciones de Mejoras,
Derechos, Productos, Aprovechamientos, Ingresos Derivados de Fin anciamientos; así como de la Venta
de Bienes, Prestación de Servicios y Otros Ingresos, además de Participaciones , Aportaciones,
Convenios, Incentivos Derivados de la Colaboración Fiscal y Fondos Distintos de Aportaciones; así mismo
las Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Subvenciones, y Pensiones y Jubilaciones por parte de los
entes públicos.
...

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