Acuerdo por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del reglamento Interior de la Universidad Estatal del Valle de Ecatepec.

Miércoles 9 de febrero de 2022 Sección Primera Tomo: CCXIII No. 25
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Al margen Escudo del Estado de México y un logotipo que dice: UNEVE Universidad Estatal del Valle de Ecatepec
Non nova. sed secus nova.
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL DEL VALLE DE ECATEPEC, EN EJERCICIO DE LA
ATRIBUCIÓN QUE LE CONFIERE EL ARTICULO 12, FRACCIÓN V DEL DECRETO DEL EJECUTIVO DEL
ESTADO POR EL QUE SE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DE CARÁCTER ESTATAL
DENOMINADO UNIVERSIDAD ESTATAL DEL VALLE DE ECATEPEC, Y
C O N S I D E R A N D O
Que el Plan de Desarrollo del Estado de México 2017-2023 establece que para que la gobernabilidad sea efectiva,
debe ser democrática y apegada a derecho. Lo anterior, requiere que las instituciones estatales tengan las
capacidades y los recursos necesarios para desempeñar cabalmente sus funciones y así responder de manera
legítima y eficaz a las demandas que le plantea la sociedad.
Que el 11 de enero del 2001, se publicó en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, el Decreto del Ejecutivo del
Estado por el que se crea el Organismo Público Descentralizado de carácter Estatal denominado Universidad Estatal
del Valle de Ecatepec, con personalidad jurídica y patrimonio propios, teniendo por objeto, entre otros, impartir
educación superior con validez oficial para formar íntegramente profesionales competentes con un amplio sentido
ético, humanístico y nacionalista, con un elevado compromiso social; organizar y realizar actividades de investigación
en las áreas que ofrezca educación, atendiendo fundamentalmente los problemas estatales, regionales y nacionales;
formar individuos con actitud científica, creativos, con espíritu emprendedor, innovador, orientados a logros y a la
superación personal permanente y promover la cultura regional, estatal, nacional y universal.
Que el 18 de abril de 2018, se publicó en el Periódico Oficial “Gaceta de Gobierno” el Reglamento Interior de la
Universidad Estatal del Valle de Ecatepec, en el cual se establecen las atribuciones y líneas de autoridad de las
unidades administrativas básicas que integran la estructura de organización de este organismo.
Que el 10 de mayo de 2018, se publicó en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, el Decreto Número 309 por el
que se reformaron y adicionaron diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado
de México, de la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México y de la Ley de
Igualdad de Trato y Oportunidades entre Mujeres y Hombres del Estado de México, con el objeto de establecer
unidades administrativas encargadas de implementar e institucionalizar la perspectiva de género.
Que derivado de las anteriores determinaciones jurídicas y administrativas, se estima necesario que la Universidad
Estatal del Valle de Ecatepec actualice su Reglamento Interior.
Por lo antes expuesto, se expide el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO
INTERIOR DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL DEL VALLE DE ECATEPEC.
ARTÍCULO ÚNICO. Se reforma el primer párrafo y la fracción XVII del artículo 11, la fracción IV del artículo 12, la
denominación del Capítulo III, el artículo 13, el primer párrafo y la fracción XVI del artículo 14, la denominación del
Capítulo IV, el primer párrafo y la fracción XI del artículo 20, la fracción VI del artículo 23, el artículo 26 y se adiciona
la fracción XVIII al artículo 11, la fracción XVII al artículo 14 y la fracción XII al artículo 20 del Reglamento Interior de
la Universidad Estatal del Valle de Ecatepec, para quedar como sigue:
Artículo 11.- Corresponde a la persona Titular de la Rectoría, además, de las atribuciones establecidas en el
Decreto, las siguientes:
I. a XVI.
XVII. Promover que los planes y programas de la Universidad sean realizados con perspectiva de género y respeto a
los derechos humanos, y
XVIII. Las demás que le confieren otros ordenamientos jurídicos y las que le encomiende el consejo directivo.
Artículo 12.-
I. a III.
IV. Abogacía General e Igualdad de Género;
V.

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