Acuerdo por el que se reforman y adiciona el Manual de Contabilidad Gubernamental

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DEL GOBIERNO
ESTADO DE MEXICO
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Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México
REGISTRO DGC NUM. 001 1021 CARACTERISTICAS 11328280
Director: Lic. Aarón Navas Alvarez
Mariano Matamoros Sur No. 308 C.P. 50130
Tomo CXCIX
A:202131001/02
Número de ejemplares impresos: 300
SUMARIO:
Toluca de Lerdo, Méx., jueves 22 de enero de 2015
No. 13
SECRETARÍA DE FINANZAS
ACUERDO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONA EL MANUAL
DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL.
ACUERDO POR EL QUE SE REFORMA EL MANUAL DE
CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL DEL SISTEMA
SIMPLIFICADO BÁSICO (SSB) PARA LOS MUNICIPIOS CON
MENOS DE CINCO MIL HABITANTES.
ACUERDO POR EL QUE SE REFORMA EL MANUAL DE
CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL DEL SISTEMA
SIMPLIFICADO GENERAL (SSG) PARA LOS MUNICIPIOS CON
POBLACIÓN ENTRE CINCO MIL A VEINTICINCO MIL
HABITANTES.
ACUERDO POR EL QUE SE REFORMA Y ADICIONA EL
CLASIFICADOR POR OBJETO DEL GASTO.
LINEAMIENTOS PARA EL REGISTRO PRESUPUESTARIO Y
CONTABLE DE LOS RECURSOS DEL FONDO DE
APORTACIONES PARA LA NÓMINA EDUCATIVA Y GASTO
OPERATIVO.
REFORMA A LAS REGLAS ESPECÍFICAS DEL REGISTRO Y
VALORACIÓN DEL PATRIMONIO.
"20 S. Año del Bicentenario Luctuoso de José María Morelos y Pavón".
SECCION TERCERA
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE FINANZAS
GOBIERNO DEL
ESTADO DE MÉXICO
GRANDE
DOF: 22/12/2014
ACUERDO por el que se reforma y adiciona el Manual de Contabilidad Gubernamental.
El Consejo Nacional de Armonización Contable con fundamento en los artículos 6, 7 y 9 de la Ley General de
Contabilidad Gubernamental, aprobó el siguiente:
Acuerdo por el que se Reforma y Adiciona el Manual de Contabilidad Gubernamental
CONSIDERANDOS
Página 2
Atk 4C ETA
n'EL GC.11311E
IFt CZI
22 de enero de 2015
Que el 31 de diciembre de 2008 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Contabilidad
Gubern mental. que tiene corno objeto establecer los criterios generales que regirán la Contabilidad Gubernamental y la
emisión e información financiera de los entes públicos, con el fin de lograr su adecuada armonización, para facilitar a los
entes p blicos el registro y la fiscalización de los activos, pasivos, ingresos y gastos y, en general, contribuir a medir la
eficacia, economía y eficiencia del gasto e ingreso públicos.
Que en este marco y en cumplimiento de sus funciones, el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC)
publicó -n el Diario Oficial de la Federación el 22 de noviembre de 2010, el Acuerdo por el que se emite el Manual de
Contabi idad Gubernamental.
Qu el 24 de Septiembre de 2014 se aprobó por el CONAC el Acuerdo por el que reforman y adicionan las Reglas
Específ as de Registro y Valoración del Patrimonio en el que se incorpora el numeral 9. Diferencias obtenidas de la
concilia ión física-contable y de la baja de los bienes, en el que se establece el registro contable del reconocimiento inicial de
las dije -ncias de existencias y de valores obtenidos como resultado de la conciliación física-contable de los bienes muebles,
inmueb es e intangibles de los entes públicos.
Qu el acuerdo antes referido establece también el registro contable del reconocimiento de las diferencias posteriores de
valores obtenidos como resultado de la conciliación física-contable de los bienes muebles, inmuebles e intangibles de los
entes p tebeos.
Qu en dicho acuerdo también se define el registro contable de la baja de bienes derivada entre otros, por pérdida,
detono , extravío, robo o siniestro.
Qu es necesario realizar las reformas y adiciones al Manual de Contabilidad Gubernamental que corresponden a las
reglas Descritas en los párrafos anteriores.
Qu u derivado de las consultas formuladas por entidades federativas y municipios, es necesario precisar el tratamiento de
los Ca bicis por errores contables y con ello la definición del instructivo de cuentas.
Po lo antes expuesto, el Consejo Nacional de Armonización Contable aprobó el siguiente:
Acuerdo por el que se Reforma y Adiciona el Manual de Contabilidad Gubernamental
Se reforma el Capítulo I para adicionar al Contenido del Plan de Cuentas a 4
9
. Nivel la cuenta 5.5.1.8, para adicionar a la
Definí. óri de las Cuentas la cuenta 5.5.1.8; para reformar la Definición de las Cuentas de las cuentas 3.1.3, 3.2.3, 3.2.3.1,
3.2.3. 3.2.3.3, 3.2.3.9 y 3.2.5.2; el Capítulo IV Instructivo de Manejo de Cuentas para adicionar movimientos los instructivos
de las cuentas 1.2.3.1, 1.2.3.2. 1.2.3.3, 1.2.3.4, 1.2.4.1, 1.2.4.2. 1.2.4.3, 1.2.4.4, 1.2.4.5, 1.2.4.6, 1.2.4.7. 1.2.4.8, 1.2.5.1,
1.2.5.., 1.2.5.3, 1.2.5.4, 1.2.5.9, 3.1.3, 3.2.2, 3.2.3.1, 3.2.3.2, 3.2.3.3, 3.2.3.9, 3.2.5.2 y se adicionan los instructivos de las
cuenta 5.5.1.8 y 5.6.1.1: el Capítulo VI Guías Contabilizadoras para adicionar movimientos a las guías 11.2.1 Venta de
Biene Inmuebles, Muebles e Intangibles, 111.2.1 Compra de Bienes, 111.2.2 Ejecución de Obras Públicas en Bienes de
Domi o Público, se reforma el Capitulo VII para reformar el Estado Analítico de Ingresos eliminando la nota 1 de los
Ingres s Excedentes, para quedar como sigue:
CAPITULO 1
CONTENIDO DEL PLAN DE CUENTAS A 40. NIVEL
5
5.5.1.
5.5.1.
Disminución de Bienes por pérdida, obsolescencia y deterioro
DEFINICIÓN DE LAS CUENTAS
3 1.3 ...:
Representa el valor actualizado de los activos, pasivos y patrimonio del ente público que han sido reconocidos
cont lemente y que se derivan del cambio de valores por encontrarse en un entorno inflacionario.
3 2.3 ...:
Representa el 411pol
-
te de la actualización acumulada de los activos.
2.3.1
Representa el importe de la actualización acumulada de los bienes inmuebles.
2.3.2
Representa el importe de la actualización acumulada de los bienes muebles.
2.3.3
Representa el importe de la actualización acumulada de los bienes intangibles.
22 de enero de 2015
GACETA
Página 3
WEL GO
Ell E Ft F.1 Gi
3.2.3.9 ...: Representa el importe de la actualización acumulada de los otros activos.
3.2.5.2 ...: Representa el importe correspondiente a la corrección de las omisiones, inexactitudes e imprecisiones de
registros en los estados financieros de los entes públicos, o bien por los registros contables extemporáneos, por correcciones
por errores aritméticos, por errores en la aplicación de políticas contables, así como la inadvertencia o mala interpretación de
hechos.
5 ...
5.5 ...
5.5.1.8 Disminución de Bienes por pérdida, obsolescencia y deterioro: Importe que refleja el reconocimiento de la
baja de los bienes por pérdida, obsolescencia, deterioro, extravío, robo o siniestro, entre otros.
Capítulo IV Instructivo de Manejo de Cuentas
NUMERO
GENERO
GRUPO
RUBRO
IATURALEZA
1.2.3.1
Activos
Activos No
Circulantes
Bienes Inmuebles
Deudora
CUENTA
Terrenos
No.
Por el reconocimiento inicial de las diferencias
positivas tanto de existencias como de valores
derivadas de la conciliación física-contable de
los bienes.
Por el incremento del valor de los bienes
derivado de la actualización por revaluación.
Por el reconocimiento inicial de las diferencias
negativas tanto de existencias como de valores
derivadas de la conciliación física-contable de
los bienes.
Por el decremento del valor de los bienes
derivado de la actualización por revaluación.
Por la baja de bienes derivado por pérdida,
obsolescencia, deterioro, entre otros.
Al cierre de libros por el saldo deudor de la
cuenta.
1
8
9
1
5
6
7
8
CARGO
No.
ABONO

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