Acuerdo que reforma al similar por el que se suspenden los plazos y términos para efectos de la recepción, trámite y resolución de los asuntos relativos al ámbito de competencia de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro y sus unidades administrativas.

1 de mayo de 2020 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 9361
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE PLANEACIÓN Y FINANZAS
Javier Marra Olea, Secretario de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro de
conformidad con lo previsto en los artículos 3, 9, segundo párrafo, 14, 19, primer párrafo, fracción II y 22,
primer párrafo, fracciones XIV y XLII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro; 3 y
29 de la Ley de Procedimientos Administrativos del Estado de Querétaro; así como en el numeral 5 del
Reglamento Interior de la Secretaría de Planeación y Finanzas, publicado el 15 de octubre de 2018 en el
Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro “La Sombra de Arteaga” y reformado mediante
Decreto publicado en el citado medio de difusión oficial el 10 de enero de 2020; y
Considerando
1. Que el 06 de abril de 2020 se publicó en el Perdico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro “La
Sombra de Arteaga” el Acuerdo por el que se suspenden los plazos y términos para efectos de la
recepción, trámite y resolución de los asuntos relativos al ámbito de competencia de la Secretaría de
Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro y sus unidades administrativas,
estableciéndose como suspensión para dichos efectos el periodo comprendido por los días 31 de marzo,
1, 2, 3, 6, 7, 8, 9, 10, 13, 14, 15, 16, 17, 20, 21, 22, 23, 24, 27, 28, 29 y 30 de abril de 2020.
2. Que el Acuerdo anterior se expidió en el contexto de distintos instrumentos publicados en los medios
de difusión oficial federal y estatal con el propósito de establecer lineamientos, recomendaciones y
medidas extraordinarias orientadas a contener y evitar la expansión de la epidemia de enfermedad
generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), declarada como emergencia sanitaria por causa de
fuerza mayor.
3. Que de entre los instrumentos mencionados en el numeral que antecede, destaca el Acuerdo publicado
en el Diario Oficial de la Federación el 31 de marzo de 2020, por el que la Secretaría de Salud del
Gobierno Federal establece acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada
por el virus mencionado, en el que se prevé que los sectores público, social y privado deberán
implementar, entre otras medidas, la suspensión inmediata de las actividades que en el mismo se
señalan, del 30 de marzo al 30 de abril de 2020.
4. Que el 21 de abril de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo que modifica al
similar por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada
por el virus SARS-CoV2, referido en el numeral que precede, en cuyos considerandos se expone la
necesidad de mantener y extender la Jornada Nacional de Sana Distancia hasta el 30 de mayo de 2020,
reformándose en consecuencia la fracción I de su Artículo Primero, y adicionando los diversos Tercero,
Cuarto, Quinto y Sexto.
5. Que, por lo anterior, resulta evidente la pertinencia de realizar ajustes al Acuerdo descrito en el numeral
1 del presente apartado, con el fin de armonizarlo a lo establecido por las autoridades sanitarias en días
recientes, garantizando de esa manera que, desde el ámbito de competencia de la Secretaría de
Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo, se siga coadyuvando tanto para la seguridad jurídica como
para la protección del derecho a la salud de los particulares y de los servidores públicos de esta
dependencia.
Por lo expuesto, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO QUE REFORMA AL SIMILAR POR EL QUE SE SUSPENDEN LOS PLAZOS Y TÉRMINOS
PARA EFECTOS DE LA RECEPCIÓN, TRÁMITE Y RESOLUCIÓN DE LOS ASUNTOS RELATIVOS AL
ÁMBITO DE COMPETENCIA DE LA SECRETARÍA DE PLANEACIÓN Y FINANZAS DEL PODER
EJECUTIVO DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y SUS UNIDADES ADMINISTRATIVAS.
ÚNICO. Se reforma el párrafo primero del numeral Primero del Acuerdo por el que se suspenden los plazos
y términos para efectos de la recepción, trámite y resolución de los asuntos relativos al ámbito de
competencia de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro y sus
unidades administrativas, para quedar como sigue:

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