Acuerdo que Reforma el primer párrafo del artículo 24 del Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Querétaro y se adiciona, a dicho ordenamiento, un párrafo a la fracción XVI del artículo 14, así como un artículo 23 bis.

Pág. 1264 PERIÓDICO OFICIAL 20 de enero de 2017
GOBIERNO MUNICIPAL
LIC. MARCOS AGUILAR VEGA, Presidente Municipal de Querétaro, en ejercicio de la facultad que me confiere el
artículo 149 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, y
CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS; 35 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 30 FRACCIÓN I, 38
FRACCIÓN I, 146, 147, 148, 149 Y 150 FRACCIÓN I DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE
QUERÉTARO; Y 32, 54 Y 55 INCISO a) DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DE QUERÉTARO;
Y
C O N S I D E R A N D O
1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, los municipios están dotados de autonomía y patrimonio propio y los Ayuntamientos se encuentran
facultados para emitir disposiciones administrativas de carácter general dentro de su respectivo ámbito de
competencia.
2. El artículo 30, fracción I, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro señala que el Ayuntamiento es
competente para aprobar los bandos de policía y gobierno, reglamentos, circulares y disposiciones
administrativas de observancia general.
3. Los Ayuntamientos se encuentran facultados para aprobar y reformar la normatividad municipal, para la
defensa de los intereses ciudadanos y el más eficaz ejercicio del servicio público, conforme a lo establecido por
los artículos 146, 147, 148, 149 y 150 de la Ley Orgánica citada.
4. Las condiciones económicas actuales obligan a que los gobiernos cuenten con un sistema jurídico en su
conjunto que fomente mercados más competitivos, reduciendo costos y promoviendo la iniciativa de los
particulares.
5. Los objetivos de la mejora regulatoria lo es la protección de los intereses de la sociedad al menor costo
posible, el mejoramiento de la eficiencia de la economía y de su capacidad de adaptarse al entorno cambiante;
es una política pública que coadyuva a la eficiencia, la competitividad y la productividad de las empresas, lo
cual tiene un impacto directo en la economía de las ciudades.
6. El Plan Municipal de Desarrollo 2015-2018, en su eje 5 denominado Gobierno Abierto, cuyo objetivo general es
aumentar la confianza de la sociedad en la gestión municipal, establece como estrategia general, implementar
mecanismos para la simplificación administrativa.
7. Esta Administración está comprometida a mejorar el marco normativo municipal relativo a la apertura y
operación de negocios, a efecto de generar mayores inversiones y elevar el nivel de vida la esta ciudad.
8. Conforme a lo ordenado por el artículo 20 fracción XVI del Reglamento Interior del Ayuntamiento de Querétaro,
el expediente respectivo se radicó en la Secretaría del Ayuntamiento bajo el número DAL/047/2016 del índice
de la Dirección de Asuntos Legislativos.
Por lo expuesto y fundado, por mayoría de votos de los integrantes presentes del Honorable Ayuntamiento de
Querétaro, se aprobó el siguiente:
ACUERDO
ÚNICO.- Se reforma el primer párrafo del artículo 24 del Reglamento de Protección Civil para el Municipio de
Querétaro y se adiciona, a dicho ordenamiento, un párrafo a la fracción XVI del artículo 14, así como un artículo 23
bis, para quedar como sigue:
Artículo 14. La Unidad Municipal…
I. a XV.

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