Acuerdo por el que la Quincuagésima Octava Legislatura del Estado de Querétaro exhorta al Titular del Poder Ejecutivo del Estado para que se amplíe el Decreto por el cual se declaró a la ―Música de la Huasteca y Sierra Gorda Queretana‖ como patrimonio cultural intangible (inmaterial) del Estado de Querétaro.

7 de julio de 2017 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 12021
PODER LEGISLATIVO
LA QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN EJERCICIO DE LAS
FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 17, FRACCIÓN XIX, DE LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 81 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL
ESTADO DE QUERÉTARO, Y
CONSIDERANDO
1. Que la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), ha
determinado que el patrimonio cultural inmaterial incluye prácticas y expresiones vivas heredadas de nuestros
antepasados y transmitidas a nuestros descendientes, como tradiciones orales, artes escénicas, usos sociales,
rituales, actos festivos, conocimientos y prácticas relativos a la naturaleza y el universo, así como saberes y
técnicas vinculados a la artesanía tradicional.
2. Que a nivel nacional, el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, a través de la Coordinación Nacional
de Patrimonio Cultural y Turismo publicó ―El Patrimonio cultural inmaterial y turismo: salvaguardia y
oportunidades‖, documento en el que se refiere que “Patrimonio cultural inmaterial y el turismo son dos temas
que se encuentran ligados estrechamente y que hoy constituyen un eje fundamental en la visión de desarrollo
con calidad de vida y respeto a las culturas locales”, haciendo hincapié en que “… el turismo es un medio para
conocer y apreciar las costumbres, las tradiciones, las lenguas, las artes escénicas, las festividades, los rituales,
las creencias, las danzas, la música y, en general, las expresiones culturales de las comunidades; es decir, el
rico y variado patrimonio cultural inmaterial que crean y recrean cotidianamente” .
3. Que la Constitución Política del Estado de Querétaro establece en su artículo 4, como fin de la educación,
que “el Estado, promoverá el conocimiento de su geografía, cultura, derechos humanos, características sociales
y económicas, valores arqueológicos, históricos y artísticos, tradiciones, lenguas y creencias de los grupos
indígenas y el papel de estos en la historia e identidad de los queretanos y de la Nación Mexicana ‖; además, el
párrafo tercero del mismo artículo señala en forma particular que ―La cultura de los queretanos constituye un
bien irrenunciable y un derecho fundamental. Las leyes protegerán el patrimonio y las manifestaciones
culturales; las autoridades, con la participación responsable de la sociedad, promoverán el rescate, la
preservación, el fortalecimiento, la protección, la restauración y la difusión del patrimonio cultural que define al
pueblo queretano, mismo que es inalienable e imprescriptible.”
4. Que en nuestra Entidad tenemos bastas expresiones culturales que coadyuvan generosamente en atraer
turismo, el cual produce fuentes de ingresos para las familias queretanas, destacando el Huapango, palabra
que tiene sus raíces en la lengua náhuatl ―cuahitlipango‖ que proviene de ―cuahuitl‖, la cual significa leño o
madera, e ―ipan‖, que quiere decir en el o sobre, así como ―co‖ que se traduce como adverbio de lugar; lo que
deduce que el termino de huapango es: un baile que se ejecuta sobre una tarima o plataforma de madera.
5. Que es en la época colonial cuando, bajo una notable influencia de los bailes españoles, surge un nuevo
género musical llamado huapango o son huasteco, mismo que adopta un estilo propio y se identifica como toda
una cultura representativa de la huasteca, región serrana comprendida entre los Estados de Querétaro, San
Luis Potosí, Veracruz, Hidalgo y Tamaulipas. Aunque lo correcto es llamarlo ―Son huasteco‖, se le conoce más
por huapango, música regional considerada por muchos como el ―alma de las huastecas‖.
El cronista Fausto Vega Reséndiz describe que ― El huapango es de origen hispánico, esto lo atestiguan los
instrumentos de cuerda que lo acompañan y que son un violín, que es el que lleva la melodía, una jarana y una
guitarra quinta o huapanguera, estos dos últimos instrumentos llevan el acompañamiento ejecutando los
requinteos y los contrapuntos y son llamadas guitarras de golpe. El canto del huapango tiene la característica
particular de elevar el tono de la voz, lo que se conoce como falsete. Siendo una música muy gustada en toda
la región huasteca de los estados mencionados, en donde se le utiliza en todas las ocasiones relevantes”.

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