Acuerdo del Presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, por el que se continúa con la suspensión de actividades presenciales, así como de los términos relativos al trámite de expedientes de queja e investigaciones de oficio del organismo, previstos en la Ley y el Reglamento Interno de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México.

COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE MÉXICO
Acuerdo del Presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, por el que se
continúa con la suspensión de actividades presenciales, así como de los términos relativos al trámite de
expedientes de queja e investigaciones de oficio del Organismo, previstos en la Ley y el Reglamento
Interno de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México.
CONSIDERANDO
I. Que el artículo 102, apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, contempla que
se establecerán organismos de protección de los derechos humanos que ampara el orden jurídico mexicano,
los que conocerán de quejas en contra de actos u omisiones de naturaleza administrativa provenientes de
cualquier autoridad o servidor público, con excepción de los del Poder Judicial de la Federación, que violen
estos derechos.
II. Que en términos de lo dispuesto por el artículo 16 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
México, señalan que la Honorable Legislatura local, establecerá un organismo autónomo para la protección de
los derechos humanos que ampara el orden jurídico mexicano y contará con autonomía de gestión y
presupuestaria, personalidad jurídica y patrimonio propio.
III. Que el artículo 3 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, señala que esta
Defensoría de Habitantes es un Organismo público de carácter permanente, con autonomía de gestión y
presupuestaria, personalidad jurídica y patrimonio propio.
IV. Que el Presidente del Organismo cuenta con las facultades para distribuir, delegar y coordinar las funciones
de los servidores públicos y del personal bajo su autoridad, así como de proveer, en el ámbito administrativo, lo
necesario para el mejor desarrollo de las funciones de esta Defensoría de Habitantes, de conformidad con las
fracciones IV, VI y VII del artículo 28 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos de Estado de México.
V. Que el artículo 13, fracciones I, II y III de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México
dispone conocer de quejas o iniciar de oficio investigaciones, en contra de cualquier autoridad o servidor público
que con su tolerancia, consentimiento o negativa a ejercer las atribuciones que legalmente le correspondan, de
lugar a presuntas violaciones a derechos humanos provenientes de quienes presten servicios públicos, por
actos u omisiones de naturaleza administrativa de cualquier autoridad o servidor público estatal o municipal;
asimismo el sustanciar los procedimientos que correspondan, en los términos previstos por esta Ley y demás
disposiciones aplicables.
VI. Que derivado de la situación que se presenta a nivel mundial, como consecuencia de la expansión de la
enfermedad denominada Coronavirus COVID-19, EL ONCE DE MARZO DE 2020 EL Director General de la
Organización Mundial de la Salud (OMS), acordó estimarla como pandemia (enfermedad epidémica que se
extiende en varios países del mundo de manera simultánea), tras confirmarse y superarse con número
118,000.00 casos, en 114 países.
VII. Que atendiendo a lo anterior, el 20 de marzo del año en curso se publicó en la Gaceta de Derechos
Humanos, órgano informativo de esta Defensoría de Habitantes, el “Acuerdo del Presidente de la Comisión de
Derechos Humanos del Estado de México, por el que se suspenden los términos relativos al trámite de
expedientes de queja e investigaciones de oficio del Organismo, previstos en la Ley y el Reglamento Interno de
la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México.”
VIII. Que debido a las circunstancias que se han ido presentando en el país, el 31 de marzo del año que
transcurre, el Secretario de Salud Federal, emitió el “ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN ACCIONES

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