Acuerdo por el cual la Presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos ordena la readscripción de la Unidad de Transparencia.

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EmisorComisión Nacional de los Derechos Humanos

Al margen un logotipo, que dice: CNDH.- Comisión Nacional de los Derechos Humanos.- MÉXICO.

ACUERDO POR EL CUAL LA PRESIDENTA DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS ORDENA LA READSCRIPCIÓN DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA.

MARÍA DEL ROSARIO PIEDRA IBARRA, presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 102 apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 15, fracciones I y III, de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos; 24, fracción II, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 11, fracción II, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 18 del Reglamento Interno de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, y

CONSIDERANDO

Que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos es un Organismo que cuenta con autonomía de gestión y presupuestaria, personalidad jurídica y patrimonio propios, con base en lo dispuesto en el artículo 102, apartado "B" de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por lo que éste establece sus propias disposiciones y lineamientos normativos para cumplir con las funciones que le han sido encomendadas.

Que con motivo de la publicación del 7 de febrero de 2014 en el Diario Oficial de la Federación, del decreto por el que se llevó a cabo la reforma en materia de transparencia y acceso a la información, a través del artículo 73, fracción XXIX-S de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se facultó al Congreso de la Unión para expedir las leyes que desarrollaran los principios y bases en materia de transparencia gubernamental, acceso a la información y protección de datos personales en posesión de las autoridades, entidades, órganos y organismos gubernamentales de todos los niveles de gobierno.

Que el artículo Segundo Transitorio del Decreto mencionado en el párrafo precedente se estableció que, el Congreso de la Unión debería expedir tanto la Ley General del artículo 6º Constitucional, como efectuar las reformas correspondientes a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

Que, en cumplimiento a la reforma constitucional, fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 4 de mayo de 2015, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y el 09 de mayo de 2016 la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Que la Comisión Nacional...

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