ACUERDO  POR  EL  QUE  SE  APRUEBA  ABROGAR  EL  REGLAMENTO  PARA  EL  FUNCIONAMIENTO  DE  LOS  MERCADOS  PÚBLICOS  DEL  MUNICIPIO  DE  MANZANILLO,  COLIMA;  ASÍ  COMO,  ABROGAR  EL  REGLAMENTO  INTERNO  DEL  MERCADO  MUNICIPAL  5  DE  MAYO  MANZANILLO,  COLIMA;  Y  APRUEBA  EXPEDIR  EL  REGLAMENTO  PARA  EL  FUNCIONAMIENTO  Y  OPERATIVIDAD  DE  LOS  MERCADOS  DE  MANZANILLO,  COLIMA.

Fecha de disposición21 Agosto 2021
Fecha de publicación21 Agosto 2021
Número de Gaceta65
DEL GOBIERNO MUNICIPAL
H. AYUNTAMIENTO DE MANZANILLO
ACUERDO
POR EL QUE SE APRUEBA ABROGAR EL REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LOS MERCADOS
PÚBLICOS DEL MUNICIPIO DE MANZANILLO, COLIMA; ASÍ COMO, ABROGAR EL REGLAMENTO INTERNO
DEL MERCADO MUNICIPAL 5 DE MAYO MANZANILLO, COLIMA; Y APRUEBA EXPEDIR EL REGLAMENTO
PARA EL FUNCIONAMIENTO Y OPERATIVIDAD DE LOS MERCADOS DE MANZANILLO, COLIMA.
C. Griselda Martínez Martínez, Presidente Municipal de Manzanillo, Colima, a sus habitantes hace SABER:
Que con fundamento en lo dispuesto por el párrafo tercero de la fracción II del artículo 90 de la Constitución Política del
Estado Libre y Soberano de Colima, así como con base en lo establecido en la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima
y en el Reglamento que Rige el Funcionamiento del Cabildo del Municipio de Manzanillo, Colima; con fecha 13 de agosto
de 2021, los integrantes del H. Cabildo aprobaron por mayoría en votación nominal, con la abstención del Regidor C.
Guillermo Ramírez Sánchez y el voto en contra de la Regidora C.P Martha Leticia Sosa Govea UN ACUERDO QUE
EN SU PARTE CONDUCENTE DICE: SE ANALIZÓ EL PUNTO DE ACUERDO PRESENTADO POR LA C. GRISELDA
MARTÍNEZ MARTÍNEZ, PRESIDENTA MUNICIPAL, MEDIANTE EL QUE SE APRUEBA ABROGAR EL REGLAMENTO
PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LOS MERCADOS PÚBLICOS DEL MUNICIPIO DE MANZANILLO, COLIMA; ASÍ
COMO SE APRUEBA ABROGAR EL REGLAMENTO INTERNO DEL MERCADO MUNICIPAL 5 DE MAYO
MANZANILLO, COLIMA; Y SE APRUEBA EL NUEVO REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO Y OPERATIVIDAD
DE LOS MERCADOS DE MANZANILLO, COLIMA.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
1.- En Sesión Pública Extraordinaria No. 68, celebrada por el H. Cabildo el día Viernes 13 de agosto de 2021, en el punto
veinte del orden del día obra un acuerdo que en su parte conducente dice: SE ANALIZÓ EL PUNTO DE ACUERDO
PRESENTADO POR LA C. GRISELDA MARTÍNEZ MARTÍNEZ, PRESIDENTA MUNICIPAL, MEDIANTE EL QUE SE
APRUEBA ABROGAR EL REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LOS MERCADOS PÚBLICOS DEL
MUNICIPIO DE MANZANILLO, COLIMA; ASÍ COMO SE APRUEBA ABROGAR EL REGLAMENTO INTERNO DEL
MERCADO MUNICIPAL 5 DE MAYO MANZANILLO, COLIMA; Y SE APRUEBA EL NUEVO REGLAMENTO PARA EL
FUNCIONAMIENTO Y OPERATIVIDAD DE LOS MERCADOS DE MANZANILLO, COLIMA ; mismo que una vez analizado
y discutido por los miembros del H. Cuerpo Edilicio, fue sometido a consideración del Pleno, resultando aprobado por
mayoría en votación nominal; por lo que, en virtud de lo expuesto el Honorable Cabildo ha tenido a bien expedir el
siguiente:
A C U E R D O:
C. GRISELDA MARTÍNEZ MARTÍNEZ, en mi carácter de Presidente Municipal de Manzanillo, acorde con las facultades
contempladas en el párrafo tercero de la fracción II del artículo 90 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano
de Colima; el inciso p) de la fracción I del taxativo 47; y la fracción I del ordinal 117; to dos de la Ley del Municipio Libre del
Estado de Colima; el inciso p) de la fracción I del artículo 36, del Reglamento de la Administración Pública del Municipio de
Manzanillo, Colima; así como los artículos 61, 62, 63 y 64, todos del Reglamento que Rige el Funcionamiento del Cabildo
del Municipio, tenemos a bien presentar ante ustedes el ACUERDO, MEDIANTE EL QUE SE APRUEBA ABROGAR EL
REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LOS MERCADOS PÚBLICOS DEL MUNICIPIO DE MANZANILLO,
COLIMA; ASÍ COMO SE APRUEBA ABROGAR EL REGLAMENTO INTERNO DEL MERCADO MUNICIPAL 5 DE MAYO
MANZANILLO, COLIMA; Y SE APRUEBA EL NUEVO REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO Y OPERATIVIDAD
DE LOS MERCADOS DE MANZANILLO, COLIMA; en atención a los siguientes:
C O N S I D E R A N D O S
PRIMERO.- La fracción II del precepto 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y su correlativa la
fracción II del artículo 90 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima; establecen que el Municipio es
un nivel de gobierno con libertad, autonomía y autodeterminación, el cual posee la facultad reglamentaria de acuerdo con
las leyes en materia municipal que deberán expedir las legislaturas de los Estados, para aprobar los Bandos de Policía y
Gobierno, los Reglamentos, Circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de su respectiva
jurisdicción, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios
públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal.
EL ESTADO DE COLIMA - 9 -

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