Acuerdo por el que se pone a disposición del público en general para su consulta el Estudio Previo Justificativo para modificar la superficie del área natural protegida denominada Parque Estatal Ecológico, Turístico y Recreativo “Sierra Hermosa”, ubicado en el municipio de Tecámac, Estado de México

Página 2 9 de diciembre de 2016
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE
LIC. RAÚL VARGAS HERRERA, SECRETARIO DEL MEDIO AMBIENTE DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO, EN EJERCICIO DE
LAS FACULTADES QUE ME CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 18 Y 78 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE MÉXICO; 3, 15, 19 FRACCIÓN XVII Y 32 BIS FRACCIÓN XX DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO; 2.3 FRACCIÓN II, 2.6 FRACCIÓN II, 2.8 FRACCIÓN X, 2.88 FRACCIÓN II, 2.101, 2.102, 2.105 Y
2.111 DEL CÓDIGO PARA LA BIODIVERSIDAD DEL ESTADO DE MÉXICO; 171, 172, 173, 177, 178 Y 179 DEL REGLAMENTO DEL
LIBRO SEGUNDO DEL CÓDIGO PARA LA BIODIVERSIDAD DEL ESTADO; 5 Y 6 FRACCIÓN XI DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA
SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE.
CONSIDERANDO
Que el Plan de Desarrollo del Estado de México 2011-2017, reconoce que no existe un dilema entre crecimiento económico y medio
ambiente. El crecimiento sostenido sólo se presentará en la medida en que se cuide el medio ambiente. En este sentido, el Gobierno Estatal
reconoce que son necesarios la acción coordinada y el diseño de políticas públicas para crecer con armonía ecológica.
Que para alcanzar un desarrollo sustentable es necesario coordinar y fomentar la protección, conservación y restauración de zonas
ecológicas ambientales.
Que uno de los objetivos del Gobierno Estatal, es incrementar el patrimonio ecológico del Estado, a través de mecanismos y medidas
adecuadas que permitan lograr el equilibrio ecológico entre los recursos naturales y el ser humano, buscando considerar el
aprovechamiento racional y sustentable de los recursos en beneficio de la salud y economía de sus habitantes.
Que el Código para la Biodiversidad del Estado de México, promueve y regula el uso y aprovechamiento sostenible, la conservación, la
remediación, la rehabilitación y la restauración de los recursos naturales, así como promover los componentes de la biodiversidad de forma
que sea compatible la obtención de beneficios económicos con la recuperación y la preservación de los ecosistemas y sus hábitats.
Que la Secretaria del Medio Ambiente a través de la Coordinación General de Conservación Ecológica, ha realizado el Estudio Previo
Justificativo para modificar la superficie del Área Natural Protegida denominada Parque Estatal Ecológico, Turístico y Recreativo "Sierra
Hermosa", ubicado en el municipio de Tecámac, Estado de México, creada por Decreto del Ejecutivo del Estado, publicado en el Periódico
Oficial "Gaceta del Gobierno", en fecha 5 de abril de 1994.
Que el Código para la Biodiversidad del Estado de México, determina que una vez establecida un Área Natural Protegida solo podrá ser
modificada su extensión y los usos de suelo permitidos por la autoridad competente, de conformidad con los estudios que al efecto se
realicen para la modificación de que se trate.
Que el artículo 2.105 del Código para la Biodiversidad del Estado de México, establece que previamente a la expedición de la declaratoria,
deberán realizarse los Estudios Previos justificativos correspondientes y ponerlos a disposición del público para su consulta, en un plazo no
menor de treinta días naturales.
Que en mérito de lo expuesto he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. Póngase a disposición del público en general para su consulta el Estudio Previo Justificativo para modificar la superficie del
Área Natural Protegida denominada Parque Estatal Ecológico, Turístico y Recreativo "Sierra Hermosa", ubicado en el municipio de
Tecámac, Estado de México, creada por Decreto del Ejecutivo del Estado, publicado en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno", en fecha
5 de abril de 1994.
SEGUNDO. El Estudio Previo Justificativo a que se refiere el presente Acuerdo, se encuentra a disposición para consulta del público en las
oficinas de la Coordinación General de Conservación Ecológica, de la Secretaría del Medio Ambiente, ubicadas en Avenida Gustavo Baz
número 2160, esquina Mario Colín, segundo piso, Edificio Ericsson, colonia La Loma, municipio de Tlalnepantla de Baz, Estado de México;
y en la Delegación Regional de Tultitlán, Estado de México, situada en Avenida del Parque número 469, tercera sección, colonia Parque
Residencial Coacalco, municipio de Coacalco de Berriozábal, Estado de México.
TRANSITORIO
UNICO. Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.
Dado en la Ciudad de Metepec, Estado de México, a los cinco días del mes de diciembre del dos mil dieciséis.
EL SECRETARIO DEL MEDIO AMBIENTE
LIC. RAÚL VARGAS HERRERA
(RÚBRICA).

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