Acuerdo del Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Querétaro que modifica la competencia por materia y territorio, así como la denominación del Juzgado Menor Mixto de Querétaro a Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia Familiar del distrito judicial de Querétaro.

16 de junio de 2017 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 10815
PODER JUDICIAL DEL ESTADO
DE QUERÉTARO
Acuerdo del Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Querétaro que modifica la
competencia por materia y territorio, así como la denominación del Juzgado Menor Mixto de Querétaro a
Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia Familiar del distrito judicial de Querétaro.
Considerando
Que es facultad del Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Querétaro modificar la competencia
territorial, por materia y por cuantía de los juzgados, a propuesta del Consejo de la Judicatura.
Que el 31 de mayo de 2017, el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Querétaro acordó
someter a consideración del Pleno del Tribunal Superior de Justicia, la propuesta de modificación de
competencia y denominación del Juzgado Menor Mixto de Querétaro a Juzgado Décimo Primero Familiar del
distrito judicial de Querétaro.
Que de los informes de actividades del Poder Judicial del Estado de Querétaro 2014-2015 y 2015-2016, se
advierte un incremento considerable en el número de audiencias desahogadas por los juzgados familiares, pues
en la primera anualidad referida se llevaron a cabo 16,636; en el segundo período 37,901, es decir, 21,265 más
audiencias, equivalente al 127.8%, lo cual motivó la creación del Juzgado Décimo de Primera Instancia Familiar
del distrito judicial de Querétaro.
Que del 1 de enero al 23 de mayo de 2017 se han desahogado 11,626 audiencias en 4,870 expedientes
familiares radicados, lo que representa el 30.67% de audiencias respecto del período 2015-2016; y la tendencia
es de un incremento pues de la dinámica demográfica 1990-2010 y proyecciones de población 2010-2030 que
elaboró el Consejo Nacional de Población, se prevé que en Querétaro la población continúe aumentando en las
décadas futuras, para alcanzar en 2020 una tasa de crecimiento del 1.28% anual, con 67.1% de personas en
edad productiva (de 15 a 64 años de edad), lo cual representa un reto para las instituciones públicas pues
implica garantizar la prestación de los servicios para acceder a oportunidades de desarrollo, entre ellas las de
impartición de justicia, particularmente en materia familiar.
Que con el propósito de brindar a la ciudadanía una respuesta ágil a las controversias jurídicas en una de las
áreas más sensibles de la justicia como lo es la familiar, se hace necesario incrementar el número de juzgados
en esa especialidad; por lo que, de acuerdo con el análisis de las cargas de trabajo de los distintos órganos
jurisdiccionales que actualmente se encuentran en funciones en el Estado, es factible que el Juzgado Menor
Mixto de Querétaro modifique su competencia por materia a la familiar y por territorio al distrito judicial de
Querétaro (por ende, cambie su denominación), para atender la creciente demanda del servicio en los
municipios de Querétaro, Corregidora y El Marqués que son los de mayor densidad poblacional en el Estado.
Que de acuerdo con los registros que obran en la Dirección de Tecnologías de la Información de este Poder
Judicial, del 1 de enero al 23 de mayo de 2017, la carga de trabajo de los 3 Juzgados Menores Civiles de
Querétaro y el Juzgado Menor Mixto se ha mantenido constante con un promedio de 806 expedientes civiles, de
los cuales sólo 647 corresponden al juzgado mixto; y que en materia penal, en el período referido, ese juzgado
no ha recibido averiguaciones previas.

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