ACUERDO DEL PLENO DEL INSTITUTO DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS DEL ESTADO DE COLIMA, POR EL QUE APRUEBA LA ADECUACIÓN PRESUPUESTARIA PARA EL “INFOCOL” DEL EJERCICIO FISCAL 2021, EN TÉRMINOS DE LO ESTABLECIDO POR LA FRACCIÓN IV DEL ARTICULO 22 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, Y NUMERAL 2 DEL ARTICULO 52 DE LA LEY DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA DEL ESTADO DE COLIMA.

INSTITUTO DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS DEL
ESTADO DE COLIMA
ACUERDO
DEL PLENO DEL INSTITUTO DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y
PROTECCIÓN DE DATOS DEL ESTADO DE COLIMA, POR EL QUE APRUEBA LA ADECUACIÓN
PRESUPUESTARIA PARA EL “INFOCOL” DEL EJERCICIO FISCAL 2021, EN TÉRMINOS DE LO
ESTABLECIDO POR LA FRACCIÓN IV DEL ARTÍCULO 22 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, Y NUMERAL 2 DEL ARTÍCULO 52 DE LA LEY DE PRESUPUESTO Y
RESPONSABILIDAD HACENDARIA DEL ESTADO DE COLIMA.
ACUERDO DEL PLENO DEL INSTITUTO DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y
PROTECCIÓN DE DATOS DEL ESTADO DE COLIMA, POR EL QUE APRUEBA LA ADECUACIÓN
PRESUPUESTARIA PARA EL “INFOCOL” DEL EJERCICIO FISCAL 2021, EN TÉRMINOS DE LO ESTABLECIDO
POR LA FRACCIÓN IV DEL ARTÍCULO 22 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO
DE COLIMA, Y NUMERAL 2 DEL ARTÍCULO 52 DE LA LEY DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD
HACENDARIA DEL ESTADO DE COLIMA.
A N T E C E D E N T E S:
I.- El siete de febrero de dos mil catorce, el Ejecutivo Federal promulgó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por
el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
II.- Que el Congreso de la Unión, en cumplimiento al artículo Segundo Transitorio del Decreto de reforma en materia de
transparencia, expidió la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la cual fue publicada el
cuatro de mayo de dos mil quince en el Diario Oficial de la Federación, entrando en vigor al día siguiente de su
publicación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo Primero Transitorio de la referida Ley General.
III.- Con fecha 26 del mes de enero del año 2017, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Ley General de
Protección de Datos Personales en posesión de sujetos obligados, la cual es de orden público y observancia general
en toda la república y es reglamentaria del artículo 6º, Base A y 16, segundo párrafo, de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, en materia de protección de datos en posesión de sujetos obligados.
IV.- Que la Cámara de Diputados de la Sexagésima Cuarta Legislatura del Congreso de la Unión, expidió la Ley General
de Responsabilidades Administrativas, la cual fue publicada en fecha 18 de julio del año 2016 en el Diario Oficial de la
Federación, de orden público y de observancia general en toda la república, misma que tiene por objeto distribuir las
competencias entre los órdenes de gobierno para establecer las responsabilidades administrativas de los Servidores
Públicos, sus obligaciones, sanciones aplicables por los acto su omisiones en que estos incurran.
V.- Que la Quincuagésima Octava Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Colima, aprobó en
fecha 05 de mayo del año 2016, la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Colima,
misma que fue publicada con fecha 30 del mismo mes y año, en el Periódico Oficial “El Estado de Colima”.
VI.- Con fecha 15 de junio del año 2018, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Ley General de Archivos, de
orden público y observancia general en todo el territorio general, que tiene por objeto establecer los principios y bases
generales para la organización y conservación, administración y preservación homogénea de los archivos en posesión de
cualquier autoridad, entidad, órgano, y organismo de los poderes, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos, así
como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad de
la federación, las entidades federativas y los municipios, así mismo en mandato a lo anterior el pasado 04 de julio de
2019, la Quincuagésima Novena Legislatura del Congreso del Estado, aprobó la Ley de Archivos del Estado de Colima, a
través de la cual se busca garantizar que los tres órdenes de gobierno, organismos autónomos, partidos políticos,
sindicatos y personas físicas o morales que reciban y ejerzan recursos públicos, desarrollen sus sistemas de archivos, en
la que se establecen los principios y las bases generales para la correcta organización, conservación y administración de
los documentos en posesión de los referidos sujetos obligados, pero además, garantizar el acceso a la consulta de los
mismos, de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables.
VII.- En esta línea, el sábado 26 de diciembre del año 2020 (dos mil veinte), fue publicado en el Perió dico Of icial “El
Estado de Colima”, el decreto número 393 que expide el Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2021, fracción III
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del artículo 19 en el cual se asigna el siguiente presupuesto al Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública
y Protección de Datos del Estado de Colima INFOCOL:
CAPÍTULO II
DE LOS ÓRGANOS AUTÓNOMOS Y PODERES DEL ESTADO
Artículo 19. Las asignaciones previstas para los Órganos Autónomos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2021, se
distribuyen de la siguiente manera:
Tabla 10. Órganos Autónomos del Estado
Partida
Nombre
Asignación
Presupuestal
41401
Comisión de Derechos Humanos del Estado de Colima
13,000,000
41402
Fiscalía General del Estado de Colima
443,034,918
41404
Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección
de Datos del Estado de Colima
13,500,000
41405
Órgano Superior de Auditoría y Fiscalización Gubernamental del Estado
38,000,000
41407
Tribunal de Arbitraje y Escalafón
7,222,091
41408
Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Colima
19,403,782
Total
534,160,791
III. La asignación presupuestaria destinada al Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y
Protección de Datos del Estado de Colima, tendrá la siguiente distribución a nivel de Capítulo de gasto:
Tabla 13. Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos del Estado de Colima
(Objeto de Gasto)
Capítulo
Concepto
Asignación
Presupuestaria
10000
Servicios Personales
7,328,720
20000
Materiales y Suministros
33,485
30000
Servicios Generales
6,107,795
40000
Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas
0
50000
Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles
30,000
Total
13,500,000
VIII.- La distribución de las partidas presupuestales antes visualizada no satisfacen las necesidades de este Instituto de
Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Colima, toda vez que en el capítulo 10000 en el rubro
Servicios Personales, tiene una asignación presupuestal de $7,328,720, y actualmente se requiere en ese capítulo 10000
la cantidad de $11,255,736.72, para cubrir gastos de servicios personales, lo anterior de acuerdo al tabulador de
remuneraciones de los servidores públicos, para el ejercicio fiscal 2021, y plantilla laboral vigente.
Así mismo se requiere, en el Capítulo 20000 denominado Materiales y Suministros la cantidad de $234,200.00, en el
Capítulo 30000 denominado Servicios Generales la cantidad de $959,400.00, en el Capítulo 40000 denominado
Transferencias, Asignaciones, Subsidios y otras ayudas la cantidad de $882,663.20, en el Capítulo 50000
denominado Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles la cantidad de $126,000.00, y finalmente adicionar el Capítulo
70000 denominado Inversiones Financieras y otras provisiones la cantidad de $42,000.00, quedando la Tabla 13.
Correspondiente al Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos del Estado de
Colima (objeto del gasto), ubicada en la fracción II del artículo 19 del decreto 393 del Presupuesto de Egresos para el
Ejercicio Fiscal 2021, publicado en el Periódico Oficial “El Estado de Colima”, el día 26 de diciembre de 2020, quedando
la distribución en los siguientes términos:
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