Acuerdo del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal por el que se emite la Convocatoria al concurso de oposición para la designación de Visitadoras Judiciales B.

Fecha de publicación26 Noviembre 2021
SecciónUNICA. Poder Judicial
EmisorCONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL
ACUERDO del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal por el que se emite la Convocatoria al concurso de oposición para la designación de Visitadoras Judiciales B
ACUERDO del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal por el que se emite la Convocatoria al concurso de oposición para la designación de Visitadoras Judiciales B. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.
ACUERDO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL POR EL QUE SE EMITE LA CONVOCATORIA AL CONCURSO DE OPOSICIÓN PARA LA DESIGNACIÓN DE VISITADORAS JUDICIALES B.
El Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 94, párrafo segundo y 100, párrafos primero, séptimo y noveno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 73 y 86, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; y con base en el "Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece el procedimiento y lineamientos generales para los concursos de oposición para la designación de Visitadoras Judiciales "B", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de octubre de 2021, emite la siguiente:
CONVOCATORIA
BASES
Primera. Definiciones. Para los efectos de esta Convocatoria se entenderá por:
I. "Acuerdo General": Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece el procedimiento y lineamientos generales para los concursos de oposición para la designación de Visitadoras Judiciales "B", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de octubre de 2021.
II. "Comisión": Comisión de Vigilancia.
III. "Comité Académico": Comité Académico de la Escuela Federal de Formación Judicial.
IV. "Comité Técnico": Órgano representativo del Consejo de la Judicatura Federal, integrado por el Consejero o la Consejera que presida la Comisión, el Visitador General y un miembro del Comité de la Escuela Federal de Formación Judicial.
V. "Concurso": Concurso Interno de Oposición para la designación de Visitadoras Judiciales "B".
VI. "Consejo": Consejo de la Judicatura Federal.
VII. "Corte": Suprema Corte de Justicia de la Nación.
VIII. "Discapacidad": Aquella condición permanente que limita la capacidad de una persona para realizar las actividades esenciales de la vida diaria, que al interactuar con las barreras que le impone el entorno social, puede impedir su inclusión plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de circunstancias que las demás personas.
IX. "Escuela Judicial": Escuela Federal de Formación Judicial.
X. "Jurado": Al órgano representativo del Consejo de la Judicatura Federal, integrado por el Consejero o la Consejera que presida la Comisión, el Visitador General y un miembro del Comité Académico de la Escuela Federal de Formación Judicial;
XII. "Página web de la Escuela Judicial": La página web de la Escuela Judicial (https://escuelajudicial.cjf.gob.mx/);
XIII. Órganos jurisdiccionales: Tribunal colegiado de Circuito, tribunal unitario de Circuito y/o tribunal Colegiado de Apelación; juzgado de Distrito, Centro de Justicia Penal Federal, Tribunal Laboral Federal, Pleno de Circuito y/o Plenos Regionales;
XIV. "Pleno": Pleno del Consejo de la Judicatura Federal.
XV. "Secretaría": Secretaría Ejecutiva de Vigilancia.
XVI. "Tribunal Electoral": Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación;
XVII. "Unidades": Unidades de Notificadores Comunes que auxilian en las labores de actuaría a los órganos jurisdiccionales.
XVIII. "Visitadora": Cargo de Visitadora Judicial "B"; y
XIX. "Visitador General": La persona titular de la Visitaduría Judicial.
Segunda. Fundamento del concurso. Se realizará en términos de lo establecido en el Acuerdo General.
Tercera. Número de plazas a concursar. El concurso se llevará a cabo para cubrir 10 (diez) plazas de Visitadoras Judiciales "B".
Cuarta. Categorías a las que se dirige. Este concurso se dirige a las servidoras públicas del Poder Judicial de la Federación que cumplan con los requisitos establecidos en la presente Convocatoria.
Quinta. Requisitos que deben reunir las aspirantes. En el Concurso participarán las servidoras públicas del Poder Judicial de la Federación que cubran los requisitos previstos en los artículos 95 de la Ley; 3, 4 y 5 del Acuerdo General y los demás que se establecen en esta Convocatoria:
I. Ser mayor de 35 años;
II. Gozar de buena reputación profesional;
III. No haber sido condenada por delito intencional con sanción privativa de la libertad mayor de un año;
IV. Contar con título de licenciada en derecho expedido legalmente y práctica profesional de cuando menos diez años, que se computará a partir de la expedición de la cédula profesional.
V. Experiencia de cuando menos cinco años en cualquiera de las categorías siguientes:
a) Secretaria General de Acuerdos de la Corte o de la Sala Superior del Tribunal Electoral;
b) Subsecretaria General de Acuerdos de la Corte o de la Sala Superior del Tribunal Electoral;
c) Secretaria de Estudio y Cuenta de Ministra o Ministro; Secretaria de Estudio y Cuenta, así como Instructora de la Sala Superior del Tribunal Electoral;
d) Secretaria de Acuerdos de Sala;
e) Subsecretaria de Acuerdos de Sala;
f) Secretaria de Tribunal de Circuito; Secretaria de Estudio y Cuenta de las Salas Regionales del Tribunal Electoral;
g) Secretaria de Juzgado de Distrito;
h) Asistente de constancias y registro de tribunal de alzada.
i) Asistente de constancias y registro de Juez o Jueza de control o Juez o Jueza de enjuiciamiento; así como Secretarias instructoras, de constancias, de audiencias, de acuerdos, de diligencias y de instrucción de los juzgados laborales; y
j) Secretarias Técnicas "A" y "AA" del Consejo.
VI. Conocimiento óptimo sobre los procedimientos jurisdiccionales y administrativos que se llevan a cabo en los órganos jurisdiccionales y en las unidades;
VII. Disposición para viajar, en todo momento, a cualquier parte de la República Mexicana con motivo de sus funciones; y
VIII. No haberse desempeñado como titulares de una plaza de Visitadora en el periodo inmediato al examen, ni encontrarse cumpliendo alguna sanción.
La antigüedad de cinco años en cualquiera de las categorías enlistadas no se limita al mismo cargo, sino que pueden ser acumulables.
Sexta. Plazo y documentos necesarios para la inscripción. Durante las fechas indicadas en la presente Convocatoria para tal efecto, las aspirantes podrán ingresar a través de la página web de la Escuela Judicial al módulo de inscripción mediante la Clave Única de Registro de Población (CURP) y llenar el formato de inscripción con los datos que se solicitan.
El formato de inscripción electrónica contendrá los siguientes requisitos:
I. Datos personales;
II. Antecedentes laborales;
III. Correo electrónico institucional; y
IV. Manifestación bajo protesta de decir verdad:
a) De que al día del cierre del periodo de inscripción del concurso cumple los requisitos que establece el artículo 95, segundo párrafo, de la Ley;
b) De todas las relaciones familiares por afinidad y consanguinidad hasta el quinto grado, tanto
en línea recta ascendente o descendente, como colateral, en el Poder Judicial de la Federación;
c) De que goza de buena reputación profesional;
d) De no haber sido condenada por delito intencional con sanción privativa de libertad mayor de un año;
e) De no haber sido destituida o inhabilitada como servidora pública en la forma y términos del Título Cuarto de la Constitución.
f) No haberse desempeñado como titular de una plaza de Visitadora en el periodo inmediato al examen, ni encontrarse cumpliendo alguna sanción.
g) Tener disposición para viajar, en todo momento, a cualquier parte de la República Mexicana con motivo de sus funciones.
h) De si tiene o no alguna discapacidad y en qué consiste. En este caso deberá presentar la documentación que la acredite.
V. Acta de nacimiento.
VI. Cédula profesional con fotografía.
VII. Constancia de antigüedad emitida por la Dirección General de Recursos Humanos del Consejo, de la Corte o del Tribunal Electoral en la que se precise la antigüedad en los cargos señalados en la fracción I del artículo 4 del Acuerdo General.
Las aspirantes deberán...

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