Acuerdo por el que se otorgan Facilidades Administrativas para el otorgamiento de los documentos necesarios para la Reconstrucción de Inmuebles de Vivienda Multifamiliar afectados por el sismo del 19 de septiembre de 2017, y se dan a conocer los Lineamientos para el Otorgamiento de los Apoyos a dichos inmuebles

ARQ. FELIPE DE JESÚS GUTIÉRREZ GUTIÉRREZ, Secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 15 fracción II, 16 fracción IV y 24 fracción XX de la Ley Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad de México y 7 fracción I de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal; 30, párrafos primero y segundo, 37, 38 y 109 de la Ley para la Reconstrucción, Recuperación y Transformación de la Ciudad de México en una cada vez más Resiliente; 2° y 26, fracciones I, II, VII y XI, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, y 14 del Decreto por el que se expide el Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal 2018, y

CONSIDERANDO

Que con motivo del fenómeno sísmico ocurrido el diecinueve de septiembre de dos mil diecisiete (en adelante "el fenómeno sísmico"), el veinte de septiembre de dos mil diecisiete se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México la Declaratoria de Emergencia con motivo del fenómeno sísmico ocurrido el diecinueve de septiembre de dos mil diecisiete.

Que en términos del informe remitido a la Jefatura de Gobierno por la Secretaría de Protección Civil, "el fenómeno sísmico" causó afectaciones a la estructura productiva, la infraestructura vial y de servicios, que alteraron las condiciones ordinarias de vida y pusieron en riesgo la estructura social, la paz pública y el orden social, lo que hizo necesario emitir la Declaratoria de Desastre, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el veintiuno de septiembre de dos mil diecisiete.

Que conforme a la normatividad aplicable, se requirió de un Programa de Contingencia para la Recuperación y Reconstrucción de la Ciudad de México (en adelante "Programa"), en el que conforme a las evaluaciones de daños y a las facultades de las autoridades locales, se previeran y ejecutaran las acciones emergentes, así como los trabajos de obras de carácter prioritario y urgente para lograr la reconstrucción, recuperación y transformación de la Ciudad, en una CDMX cada vez más resiliente.

Que en atención a lo anterior, el C. Jefe de Gobierno de la Ciudad de México ordenó la elaboración de un Programa para la Reconstrucción, Recuperación y Transformación de la Ciudad de México, en una CDMX cada vez más resiliente, el cual contendría las acciones de coordinación necesarias para la atención de las necesidades inmediatas y la posterior recuperación de la Ciudad de México, así como su replanteamiento y transformación en una CDMX cada vez más resiliente, en el corto, mediano y largo plazo.

Que para asegurar la ejecución del "Programa", se creó la Comisión para la Reconstrucción, Recuperación y Transformación de la Ciudad de México, en una CDMX cada vez más resiliente (en adelante "la Comisión"), como un órgano de apoyo administrativo, en términos del Decreto publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el veintiséis de septiembre de dos mil diecisiete.

Que con fecha 10 de noviembre de 2017 fue publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el Acuerdo por el que el

  1. Jefe de Gobierno de la Ciudad de México instruye a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, en el ámbito de sus atribuciones, realizar las acciones correspondientes para la emisión de las Constancias de Zonificación de Usos del Suelo y demás documentos respectivos para la comprobación del uso habitacional de los inmuebles susceptibles de rehabilitación, reconstrucción o, en su caso, construcción de su vivienda.

Que el primero de diciembre de dos mil diecisiete, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el Decreto por el que se expide la Ley para la Reconstrucción, Recuperación y Transformación de la Ciudad de México en una cada vez más Resiliente, cuyo objeto es, entre otros, el de garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas que sufrieron alguna afectación a causa del sismo, brindar apoyo en la construcción, reconstrucción y rehabilitación de los inmuebles afectados, el acceso a una vivienda digna, calidad de los servicios públicos y la infraestructura urbana, así como a la recuperación económica de las zonas afectadas de la Ciudad.

6 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 25 de Mayo de 2018

Que el primero de marzo de dos mil dieciocho se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el Acuerdo por el que se establece la integración del "Grupo Interinstitucional de Atención Administrativa Inmediata a las Personas Afectadas a Consecuencia del Fenómeno Sísmico", mediante las actividades que se indican, a través del cual el C. Jefe de Gobierno instruyó a diversos Entes de la Administración Pública de la Ciudad de México para satisfacer las necesidades de las personas damnificadas.

Que el Decreto por el que se expide el Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal 2018, estableció en su artículo 14 la asignación de recursos al Fondo para la Reconstrucción, Recuperación y Transformación...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR