Acuerdo por el que se ordena la suspensión de la venta de bebidas alcohólicas en establecimientos mercantiles de bajo impacto que expendan abarrotes y/o misceláneas; en puestos fijos o semifijos; y la realizada por comerciantes ocasionales, en las vías y espacios públicos, en las colonias, perímetros y calles de la Alcaldía, durante el mes de febrero de 2020

ALCALDÍA AZCAPOTZALCO

VIDAL LLERENAS MORALES Alcalde en Azcapotzalco, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 122 Apartado A Base VI inciso a) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 52, 53 Apartado A numerales 1, 2 fracciones I, II, III, X y XXI, 11 y 12 fracciones I, VII, XIII y XV, Apartado B numerales 1 y 3 inciso a) fracciones I, III, XX, XXII, XXVI y XXVII y 60 numeral 1 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 1, 2 fracción II, 3, 4, 5, 6, 9, 15, 16, 20 fracciones I, II, III, X y XXIII, 21, 29 fracciones I, V, VI, VII, X y XVI, 30, 31 fracciones I y III, 32 fracciones VI, VIII y IX, 34 fracciones III y IV de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México; 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México; 1, 2 fracción IX, 8 fracciones IV y VIII de la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal (hoy de la Ciudad de México); 1, 2, 3, 4 fracciones IV, V-bis y VII, 8 fracciones I, II, V, VI y VIII, 13 fracción IV y 55 Ter de la Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos del Distrito Federal (hoy de la Ciudad de México); así como el Acuerdo por el que se delega en los titulares de los Órganos Político Administrativos la facultad de ordenar mediante acuerdos generales, la suspensión de actividades para vender bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones en los establecimientos mercantiles ubicados en el territorio de sus respectivas demarcaciones territoriales, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 23 de junio de 2016; y

CONSIDERANDO

Que la Alcaldía Azcapotzalco es un Órgano Político Administrativo dotado de personalidad jurídica y autonomía con respecto a su administración y ejercicio de su presupuesto, que forma parte de la Administración Pública de la Ciudad de México y que conforma un nivel de gobierno.

Que con fecha 23 de junio de 2016 se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el Acuerdo por el que se delega en los Titulares de los Órganos Político Administrativos la facultad de ordenar mediante acuerdos generales, la suspensión de actividades para vender bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones en los establecimientos mercantiles ubicados en el territorio de sus respectivas demarcaciones territoriales.

Que la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México prevé, en la fracción I de su artículo 5 que constituye una infracción cívica la comisión de conductas que se den en lugares o espacios públicos de uso...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR