Acuerdo por el que se ordena la suspensión de actividades para vender bebidas alcohólicas con motivo de las fiestas patronales que se celebran en la Alcaldía, durante el horario y los días que se indican

ALCALDÍA EN MILPA ALTA

ALCALDÍA MILPA ALTA. ACUERDO POR EL QUE SE ORDENA LA SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES PARA VENDER BEBIDAS ALCOHÓLICAS CON MOTIVO DE LAS FIESTAS PATRONALES QUE SE CELEBRAN EN LA ALCALDÍA DE MILPA ALTA, DURANTE LOS DÍAS INDICADOS. Dra. Judith Vanegas Tapia, Alcaldesa en Milpa Alta, con fundamento en los artículos 122 apartado A base VI inciso a) y c) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 53 apartado A numeral 1, 2, 12 fracciones I, III, V, VI, VII, XI, XIII y XV, apartado B, numerales 1, 3 inciso a, fracciones I, III y XXVII, TRIGÉSIMO Transitorio de la Constitución Política de la Ciudad de México; 16, 21, 29 fracciones I, VII, XI y XVI, 30, 31 fracciones III y XVI, 71, 74, 75 fracciones I y XI de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México; en ejercicio de la facultad que me confiere el "Acuerdo por el que se delega en los Titulares de los Órganos Políticos Administrativos la facultad de ordenar mediante acuerdos generales, la suspensión de actividades para vender bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones en los establecimientos mercantiles ubicados en el territorio de sus respectivas demarcaciones territoriales", publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el día 23 de junio de 2016, artículo 5, fracción II, de la Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México, el artículo 55-TER, fracción VI, de la Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos en la Ciudad de México; y:

CONSIDERANDO

Que, la Administración Pública de la Ciudad de México, cuenta con Órganos Político-Administrativos en cada demarcación territorial, con autonomía funcional en acciones de gobierno.

Que, los Titulares de los Órganos Político-Administrativos, pueden suscribir los contratos y demás actos jurídicos relativos al ejercicio de sus atribuciones, así como aquellos que le sean señalados por delegación o les correspondan por suplencia, delegados por el Jefe de Gobierno.

Que, es facultad del Jefe de Gobierno instrumentar acciones tendientes a simplificar los procedimientos administrativos que realizan las diferentes áreas de la Administración Pública Local, a fin de cumplir de manera ágil y oportuna las atribuciones y obligaciones que le corresponden.

Que, de conformidad con lo dispuesto por la Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México, la Alcaldesa en Milpa Alta tiene la facultad para ordenar mediante Acuerdo, la suspensión de actividades en los establecimientos...

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