Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos Generales para la Notificación Oportuna y Atención Inmediata de Casos Médicos Legales en Hospitales en el Distrito Federal

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

JEFATURA DE GOBIERNO

(Al margen superior un escudo que dice: Ciudad de México.- Decidiendo Juntos)

MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 122, Apartado C, Base Segunda, fracción II, incisos b) y f) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 8º fracción II, 12 fracciones II, IV, VI, 67 fracción II, 90, 115 fracciones I y II y 118 fracciones I y V del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; y 2º párrafo segundo, 5º, 6º, 12, 14, 15 fracción VII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; y

CONSIDERANDO

Atendiendo a lo dispuesto en los artículos 14, 16, 20 y 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 23, 27, 32, 33 y 50 de la Ley General de Salud; 19 y 92 del Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Atención Médica; 2, 3, 9 bis, 95, 125, 127, 130, 262 y 265 del Código de Procedimientos Penales del Distrito Federal; 2, 3 y 53 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal y, 7 y 8 de su Reglamento; 6, 7, 8 y 16 bis de la Ley de Salud del Distrito Federal; así como lo establecido en la Norma Oficial Mexicana NOM-004-SSA3-2012 del Expediente Clínico, el personal del área de salud y de los establecimientos prestadores de servicios de atención médica de los sectores público, social y privado, incluidos los consultorios, deberán notificar al Ministerio Público de manera inmediata los casos en los que se requieran los servicios de atención médica para personas con lesiones u otros signos que presumiblemente se encuentren vinculados a la comisión de hechos ilícitos.

Que el derecho y la medicina siempre se han encontrado estrechamente vinculados entre sí, pues el derecho a la salud es conexo a la protección de la vida y la integridad física. Con base en esta relación, tanto en la terminología médica como jurídica ha surgido un término que se utiliza para identificar una situación de salud relacionada con una acción u omisión que implica una consecuencia jurídica, generalmente en el ámbito penal.

Que el concepto de caso Médico Legal representa toda lesión u otros signos causada, con intención o imprudencia, por persona distinta al que resiente la alteración en su salud o por un hecho ajeno a su voluntad, cuando presumiblemente las circunstancias que originan la lesión concurran con una posible antijuridicidad de las mismas y por lo...

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