Acuerdo OIC-INE/04/2020. Acuerdo General del Órgano Interno de Control del Instituto Nacional Electoral, por el que se prorroga la suspensión de los plazos y términos legales y normativos en los procedimientos a cargo de esta instancia de fiscalización, con las excepciones que se señalan, durante el periodo del veinte de abril de dos mil veinte y hasta que la autoridad sanitaria determine la reanudación de actividades no esenciales del sector público, con motivo de la emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, provocada por la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).

Fecha de publicación31 Marzo 2020
Número de registroOIC-INE/04/2020
Número de GacetaNo. 32
SecciónÓrgano Interno de Control del Instituto Nacional Electoral
INE
Instituto Nacional Electoral
ri
1órgano
Interno
1
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de
C<>ntrol
ACUERDO GENERAL OIC-INE/04/2020
ACUERDO GENERAL DEL ÓRGANO INTERNO DE
CONTROL
DEL
INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, POR EL QUE SE
PRORROGA
LA
SUSPENSIÓN DE LOS PLAZOS Y TÉRMINOS LEGALES Y
NORMATIVOS
EN LOS PROCEDIMIENTOS A CARGO DE ESTA
INSTANCIA
DE
FISCALIZACIÓN, CON LAS EXCEPCIONES QUE SE SEÑALAN, DURANTE
EL PERIODO
DEL
VEINTE
DE
ABRIL
DE
DOS
MIL
VEINTE Y HASTA QUE
LA
AUTORIDAD SANITARIA DETERMINE
LA
REANUDACIÓN
DE
ACTIVIDADES
NO
ESENCIALES
DEL
SECTOR PÚBLICO, CON MOTIVO DE
LA
EMERGENCIA
SANITARIA POR CAUSA DE FUERZA MAYOR, PROVOCADA
POR
LA
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EPfOEM1~- D ENFERMEDAD GENERADA POR EL VIRUS SARS-CoV2
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CONSIDERANDO
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de
Control del Instituto Nacional Electoral, está dotado de
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y de gestión para decidir sobre su funcionamiento y resoluciones
conforme a lo previsto en el artículo 41, base V, apartado
A,
párrafos segundo y
octavo de
la
en
la
General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en cuyos artículos 487,
apartado 1 y 490, apartado 1, inciso
v),
establece que es el órgano encargado del
control, fiscalización y vigilancia de las finanzas y recursos del Instituto Nacional
Electoral.
Sobre la autonomía técnica y de gestión de este Órgano Interno de Control, la
"
..
.
El
Instituto Nacional Electoral será autoridad en la materia,
independiente en sus decisiones y funcionamiento, y profesional en su
desempeño; contará en su estructura con órganos de dirección,
ejecutivos, técnicos y de vigilancia .
.........
Un
órgano interno de
control tendrá a su cargo, con autonomía técnica y de gestión, la
fiscalización de todos /os ingresos y egresos
del
Instituto .... "
0v1
.,
INE
~
11órgano
Interno
1
11
deControl
Instituto Nacional Electoral
La autonomía técnica y de gestión, con reconocimiento constitucional, del Órgano
Interno de Control del Instituto Nacional Electoral ha sido interpretada por el Poder
Judicial de la Federación
de
la siguiente manera1:
CONTRALORÍA GENERAL DEL OTRORA INSTITUTO FEDERAL
ELECTORAL. EL ARTÍCULO 391 DEL CÓDIGO FEDERAL
DE
INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES2 CONTIENE
UNA CLÁUSULA HABILITANTE
QUE
LE
PERMITE EMITIR
ACTOS
MATERIALMENTE LEGISLATIVOS
QUE
GARANTICEN EL LIBRE
DESARROLLO
DE
LAS
ACTIVIDADES
DE
SU COMPETENCIA
(LEGISLACIÓN VIGENTE HASTA EL 23
DE
MAYO
DE
2014).
r------.
.,,.,
El
Instituto Federal Electoral (actualmente Instituto Nacional Electoral)
es
I
Ji
un organismo público autónomo dotado de personalidad jurídic y f}
patrimonio propios, independiente en sus decisiones y en
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funcionamiento, que cuenta en su estructura con órganos de dire ion~
d"
ejecutivos, técnicos y de vigilancia, cuyas reglas de organizad
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-;-.,
......_
__
funcionamiento se determinan en la ley,
por
disposición expresa del
artículo
41,
base
V,
Mexicanos (en su texto anterior a la reforma publicada en
el
Diario Oficial
de la Federación
el
1 O de febrero de 2014). Entre
los
órganos de vigilancia
se encuentra la Contraloría General, que
por
disposición expresa
del
precepto indicado goza de autonomía técnica y de gestión en
el
ejercicio
de sus funciones, y está encargada de la fiscalización todos los
ingresos y egresos del instituto. Ahora, la l
ey
a que alude la disposición
constitucional citada es
el
Código Federal de Instituciones y
Procedimientos Electorales, vigente hasta
el
23 de mayo del
año
mencionado, cuyo artículo 391 señala que la Contraloría General cuenta
con atribuciones para la emisión de disposiciones de carácter general
aplicables
al
ámbito de sus funciones,
al
facultarle para fijar criterios
aplicables para realizar auditorías y revisiones,
así
como para
em
itir
lineamientos aplicables a /os procedimientos administrativos en materia de
Época: Décima Época. Registro: 2015424. Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito. Tipo de Tesis: Aislada
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial
de
la
Federación. Libro 47, octubre de 2017, Tomo IV. Materia(s): Constitucional,
Administrativa. Tesis: l.7o.A.158 A (10a.). Página: 2421.
2
Hay que tener presente que
el
contenido de este articulo fue recogido por el actual 490 de
la
Ley
General d
Instituciones y Procedimientos Electorales.

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