Acuerdo que tiene por objeto emitir las Disposiciones generales en las materias de archivos y transparencia para la Administración Pública Federal y su Anexo Único

Fecha de disposición03 Marzo 2016
Fecha de publicación03 Marzo 2016
EmisorSECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Archivo General de la Nación. VIRGILIO ANDRADE MARTÍNEZ, Secretario de la Función Pública, y MARÍA DE LAS MERCEDES DE VEGA ARMIJO, Directora General del Archivo General de la Nación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 37, fracciones VI, XXV y XXVI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en relación con el Segundo Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero de 2013; 41, 44, fracciones X, XIV, XVI y XXIII, de la Ley Federal de Archivos, así como 22, fracciones X y XVI, del Estatuto Orgánico del Archivo General de la Nación, y

CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en las fracciones I y V del apartado A de su artículo 6o., establece que toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo del Poder Ejecutivo Federal, incluyendo fideicomisos y fondos públicos, es pública y sólo podrá reservarse temporalmente por razones de interés público y seguridad nacional, debiendo documentar todo acto que derive del ejercicio de sus facultades, competencias o funciones y preservar sus documentos en archivos administrativos actualizados, encontrándose obligados además a publicar a través de los medios electrónicos disponibles, la información completa y actualizada sobre el ejercicio de los recursos públicos y los indicadores que permitan rendir cuentas del cumplimiento de sus objetivos y de los resultados obtenidos;

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, parte del diagnóstico que en la Administración Pública existen diversos factores que inciden negativamente en la rendición de cuentas y el combate a la corrupción, por lo que en su estrategia transversal "Gobierno Cercano y Moderno" señala que, para atender con oportunidad las demandas ciudadanas y resolver los principales problemas públicos, se deberá impulsar la transparencia y el acceso a la información pública, y fomentar la participación de los ciudadanos en las decisiones gubernamentales, constituyendo herramientas que permitan promover un gobierno eficiente, eficaz y que rinda cuentas a la población;

Que el Programa para un Gobierno Cercano y Moderno 2013-2018, establece en su estrategia transversal "Gobierno Cercano y Moderno", que es fundamental reconocer que la sociedad se constituye como el pilar en torno al cual deben diseñarse y ejecutarse políticas que permitan consolidar un gobierno moderno, cuyos programas se encuentren enmarcados en una administración pública orientada a resultados, que mejore su desempeño, que transparente el uso de los recursos públicos, que simplifique la normatividad y trámites gubernamentales, que contribuya a la reducción de riesgos o a la solución de problemas públicos, que rinda cuentas de manera clara y oportuna a la ciudadanía, y que utilice las nuevas tecnologías de la información y comunicaciones;

Que con el propósito de instrumentar el modelo de política en materia de transparencia y rendición de cuentas establecido en el Programa para un Gobierno Cercano y Moderno 2013-2018, se observó la necesidad de unificar y homologar criterios y procedimientos a fin de propiciar una adecuada administración de los archivos de modo que se fortaleciera la conservación del patrimonio documental de la Nación; de garantizar el acceso a la información pública, y de hacer de la información proactiva un elemento decisivo en la construcción de un diálogo más abierto y colaborativo entre la sociedad y el gobierno;

Que la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en las fracciones VI, XXV y XXVI, de su artículo 37, atribuye facultades a la Secretaría de la Función Pública para organizar y coordinar el desarrollo administrativo integral en las dependencias y entidades, para lo cual podrá dictar las disposiciones administrativas que sean necesarias; formular y conducir la política general de la Administración Pública Federal para establecer acciones que propicien la transparencia en la gestión pública, la rendición de cuentas y el acceso por parte de los particulares a la información que aquélla genere, y promover las estrategias necesarias para establecer políticas de gobierno electrónico;

Que la Ley Federal de Archivos, en sus artículos 3, fracción I, 41 y 44, fracciones X, XIV, XVI y XXIII, establece que corresponde al Archivo General de la Nación la interpretación de esta ley Federal en el orden administrativo; que es el organismo rector de la archivística nacional y entidad central de consulta del Poder Ejecutivo Federal en la administración de los archivos administrativos e históricos de la Administración Pública Federal, y que tendrá atribuciones para dictar las disposiciones administrativas relacionadas con la conservación y custodia de los documentos históricos del Poder Ejecutivo Federal; establecer políticas para reunir, organizar y difundir el acervo documental gráfico, bibliográfico y hemerográfico necesario para apoyar el desarrollo archivístico y la investigación histórica nacional con base en las mejores prácticas internacionales adecuadas a la realidad nacional; vigilar y asegurar el cumplimiento de la ley Federal en materia de archivos y el de sus disposiciones reglamentarias, y dictar las disposiciones administrativas relacionadas con la conservación y custodia de los documentos de archivo del Poder Ejecutivo Federal;

Que en términos del inciso i) del Considerando Sexto del Acuerdo publicado el 10 de agosto de 2010 en el Diario Oficial de la Federación, se estandarizaron bajo criterios de simplificación administrativa, disposiciones, políticas y procedimientos que se deben observar en la Administración Pública Federal en materia de transparencia y rendición de cuentas, cuyo propósito consistió en unificar y simplificar la política que facilitara a los ciudadanos el acceso a una información socialmente útil y focalizada;

Que bajo tal premisa, se compilaron y actualizaron en un solo instrumento jurídico, la normativa y el manual aplicable de manera general en las materias de transparencia, rendición de cuentas, y archivos, según el Acuerdo por el que se expiden las disposiciones generales para la transparencia y los archivos de la Administración Pública Federal y el manual administrativo de aplicación general en las materias de transparencia y de archivos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2010 y sus reformas publicadas el 27 de julio de 2011 y 23 de noviembre de 2012;

Que el 13 de mayo de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento de la Ley Federal de Archivos, el cual establece, entre otras cosas, la integración del Sistema Institucional de Archivos y que el 3 de julio de 2015, se difundieron en el mismo medio oficial, los Lineamientos para la creación y uso de sistemas automatizados de gestión y control de documentos y los Lineamientos generales para la organización y conservación de los archivos del Poder Ejecutivo Federal, los cuales promueven, por un lado, el uso de métodos y técnicas que garanticen la localización y disposición expedita de documentos apoyándose en el uso de las tecnologías de la información y comunicaciones para mejorar la administración de archivos y, por el otro, medidas que aseguren la disponibilidad, localización expedita, integridad y conservación de los documentos de archivo en posesión de las dependencias y entidades del Poder Ejecutivo Federal, respectivamente;

Que el 7 de febrero de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de transparencia, en el cual se estableció la facultad del Congreso de la Unión para expedir diversos ordenamientos legales Generales y Federales en materia de archivos y transparencia, siendo el caso que el 4 de mayo de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y

Que en virtud de lo anterior, y hasta en tanto el Congreso de la Unión expida la legislación prevista en el Decreto referido en el considerando que antecede, en materia de archivos y transparencia, es necesario ajustar algunas disposiciones, criterios o procedimientos de aplicación general para las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, en beneficio de la eficiencia y eficacia del servicio público; por lo que he tenido a bien expedir el siguiente

ACUERDO QUE TIENE POR OBJETO EMITIR LAS DISPOSICIONES GENERALES EN LAS MATERIAS DE ARCHIVOS Y TRANSPARENCIA PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL Y SU ANEXO ÚNICO

Título Primero

De las Disposiciones Generales

Capítulo I

Del Ámbito de Aplicación y Definiciones

  1. Las presentes disposiciones generales y su anexo único, tienen por objeto establecer las políticas, disposiciones...

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