Acuerdo número ACDO.SA2.HCT.310521/139.P.DA, dictado por el H. Consejo Técnico en sesión ordinaria de 31 de mayo de 2021, por el que se aprueban las modificaciones y adiciones propuestas al documento denominado Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas del Instituto Mexicano del Seguro Social (POBALINES), clave 1000-001-029.

Fecha de publicación06 Agosto 2021
SecciónUNICA. Organismos Descentralizados Y/O Desconcentrados
EmisorINSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
ACUERDO número ACDO
ACUERDO número ACDO.SA2.HCT.310521/139.P.DA, dictado por el H. Consejo Técnico en sesión ordinaria de 31 de mayo de 2021, por el que se aprueban las modificaciones y adiciones propuestas al documento denominado Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas del Instituto Mexicano del Seguro Social (POBALINES), clave 1000-001-029. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBIERNO DE MÉXICO.- Instituto Mexicano del Seguro Social.- Secretaría del Honorable Consejo Técnico.
El H. Consejo Técnico, en la sesión ordinaria celebrada el día 31 de mayo del presente año, dictó el Acuerdo ACDO.SA2.HCT.310521/139.P.DA, en los siguientes términos:
"Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 263 y 264, fracción XVII de la Ley del Seguro Social; 31, fracciones XVI y XX del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; así como de conformidad con el planteamiento presentado por el Director General, por conducto de la persona Titular de la Dirección de Administración, mediante oficio número 396 de fecha 17 de mayo de 2021; y del dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, emitido en reunión celebrada el día 20 del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Aprobar las modificaciones y adiciones propuestas al documento normativo interno denominado Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas del Instituto Mexicano del Seguro Social' (POBALINES), clave 1000-001-029. Segundo.- Instruir a la persona Titular de la Dirección Jurídica, para que realice los trámites necesarios ante las instancias competentes, a fin de publicar este Acuerdo y las POBALINES que se aprueban en el Diario Oficial de la Federación, mismas que entrarán en vigor al día siguiente al de su difusión. Tercero.- A partir de la entrada en vigor de las presentes POBALINES se dejan sin efectos las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas del IMSS, clave 0200-001-003, aprobadas por el propio Órgano de Gobierno mediante el Acuerdo ACDO.SA2.HCT.290611/179.P.DAED, emitido en sesión celebrada el 29 de junio de 2011".
Atentamente,
Ciudad de México, a 1 de junio de 2021.- Secretario General, Lic. Marcos Bucio Mújica.- Rúbrica.
POLÍTICAS, BASES Y LINEAMIENTOS EN MATERIA DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS
RELACIONADOS CON LAS MISMAS DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL CLAVE 1000-
001-029
ÍNDICE
1. Introducción
2. Glosario de Términos
3. Ámbito de aplicación y materia que regula
4. Políticas
5. Bases y Lineamientos
De la planeación, programación y presupuestación
De la investigación de mercado
De los Procedimientos de Contratación
De la ejecución de los trabajos de obra pública o de la prestación de los servicios relacionados con la obra pública
Del otorgamiento, determinación de porcentajes menores, verificación de autenticidad y resguardo de garantías
De la autorización, otorgamiento y amortización de anticipos
De las modificaciones a las POBALINES
Transitorios
Anexo Único.
1. Introducción
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 134 párrafos primero, tercero y cuarto de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, penúltimo párrafo, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 9 de su Reglamento; así como el Capítulo Primero del "Acuerdo por el que se emiten diversos lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios y de obras públicas y servicios relacionados con las mismas", denominado "De los Lineamientos Generales para la Expedición de Políticas, Bases y Lineamientos", publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 9 de septiembre de 2010; y el "Acuerdo por el que se expide el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas", publicado en el DOF, el 9 de agosto de 2010 y sus modificaciones y en apego a las atribuciones de quienes deben participar en los procesos de obra pública y servicios relacionados con las mismas del Reglamento Interior del IMSS, en sus artículos 2 fracción IV, 6, fracción I, 8, 31, fracción XVI, 69, fracción I, 144, fracción XXIII y 148, fracción XVI, se emiten las presentes Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas del Instituto Mexicano del Seguro Social, que contienen las directrices, métodos y procesos para la operación y aplicación del presupuesto de inversión física y el gasto de operación en materia de obras públicas y servicios relacionados con éstas en el ámbito del Instituto Mexicano del Seguro Social.
Bajo este contexto, se establecen las instancias, formas y términos en los que habrán de participar los Órganos Normativos y los Órganos de Operación Administrativa Desconcentrada del Instituto Mexicano del Seguro Social, identificando a los servidores públicos y/o áreas responsables de la ejecución, supervisión y dirección de los procesos y subprocesos de planeación, programación, contratación, ejecución, supervisión, control y finiquito de las obras públicas y servicios relacionados con las mismas, así como de los que tienen a su cargo la toma de decisiones, bajo directrices claras y precisas que privilegian los criterios de economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad, honradez y transparencia, que aseguren al Instituto Mexicano del Seguro Social las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.
2. Glosario de Términos
Para efectos de las presentes Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas del Instituto Mexicano del Seguro Social, además de las definiciones establecidas en los artículos 2 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y 2 de su Reglamento; así como lo referido en el Término Segundo de los Lineamientos Generales para la Expedición de Políticas, Bases y Lineamientos, se entenderá por:
2.1 API: Administración del Proyecto de Inversión para la Infraestructura Inmobiliaria del IMSS. Proceso de planeación, programación, presupuestación, organización, ejecución, dirección, supervisión y control por el que se definen las estrategias programáticas y la factibilidad de la inversión física, a través de los estudios previstos por la Ley y su Reglamento, así como por la elaboración y autorización de la CEPI-OP por conducto de los Órganos Normativos y Órganos de Operación Administrativa Desconcentrada responsables de la aplicación de la inversión (Contratación, ejecución y finiquito hasta la extinción de los derechos y obligaciones).
2.2 ARC: Área Responsable de la Contratación. La facultada de acuerdo con los Manuales de Organización autorizados para operar el sistema CompraNet y llevar a cabo todos los actos administrativos y eventos que conforman los procedimientos de contratación por licitación pública, invitación a cuando menos tres personas y adjudicación directa, desde la difusión del proyecto de convocatoria, entrega de invitaciones o solicitud de cotización, hasta la obtención de la autorización de la adjudicación o emisión del fallo y la firma del contrato, o en su caso, la cancelación del procedimiento respectivo.
2.3 AR: Área Requirente. La que solicite o requiera formalmente, la contratación de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, o bien aquella que los utilizará.
2.4 ARET: Área Responsable de la Ejecución de los Trabajos. La facultada para llevar la administración, control y seguimiento de los trabajos hasta la conclusión definitiva, incluyendo el finiquito, extinción de derechos y obligaciones de los contratos de obras públicas y servicios relacionados con las mismas.
2.5 BESOP: Programa informático de Bitácora Electrónica y Seguimiento a Obra Pública, implementado por la Secretaría de la Función Pública.
2.6 CCSG: Coordinación de Conservación y Servicios Generales de la UA.
2.7 CEPI-Médica: Cédula de Evaluación de Proyecto de Inversión Física Médica. Documento normativo que establece las actividades para la planeación para proyectos de inversión física en unidades médicas, ya sea para obra nueva, remodelaciones, ampliaciones y adecuaciones.
2.8 CEPI-OP: Cédula de Evaluación de Proyecto de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR