Acuerdo número 37/12/21 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Atención de Planteles Federales de Educación Media Superior con Estudiantes con Discapacidad (PAPFEMS) para el ejercicio fiscal 2022.

Fecha de publicación31 Diciembre 2021
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo
EmisorSECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA
ACUERDO número 37/12/21 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Atención de Planteles Federales de Educación Media Superior con Estudiantes con Discapacidad (PAPFEMS) para el ejercicio fiscal 2022
ACUERDO número 37/12/21 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Atención de Planteles Federales de Educación Media Superior con Estudiantes con Discapacidad (PAPFEMS) para el ejercicio fiscal 2022. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública.
DELFINA GÓMEZ ÁLVAREZ, Secretaria de Educación Pública, con fundamento en los artículos 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 38 de la Ley Orgánica de la Administración PúblicaFederal; 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 3 fracción XXI y antepenúltimo párrafo, 21, 27, 28, 33, 34, 36 y Anexos 17, 18 y 25 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2022; 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto yResponsabilidad Hacendaria; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone que la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos señalará los programas a través de los cuales se otorguen subsidios, que deberán sujetarse a reglas de operación con el objeto de asegurar que la aplicación de los recursos públicos se realice con eficiencia, eficacia, economía, honradez y transparencia, así como los criterios generales aplicables a las mismas;
Que asimismo, el referido precepto prevé que las dependencias y las entidades, a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector, serán responsables de emitir las reglas de operación respecto de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente, previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria;
Que el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2022 establece en sus artículos 3, fracción XXI y 27, primer párrafo que los programas que deberán sujetarse a reglas de operación son aquéllos señalados en su Anexo 25;
Que las Reglas de Operación a que se refiere el presente Acuerdo cuentan con la autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y con el dictamen de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria, y
Que en cumplimiento de lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO NÚMERO 37/12/21 POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA
ATENCIÓN DE PLANTELES FEDERALES DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR CON ESTUDIANTES CON
DISCAPACIDAD (PAPFEMS) PARA EL EJERCICIO FISCAL 2022
ÚNICO.- Se emiten las Reglas de Operación del Programa Atención de Planteles Federales de Educación Media Superior con estudiantes con discapacidad (PAPFEMS) para el ejercicio fiscal 2022, las cuales se detallan en el anexo del presente Acuerdo.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el 1 de enero de 2022.
Ciudad de México, 23 de diciembre de 2021.- Secretaria de Educación Pública, Delfina Gómez Álvarez.-
Rúbrica.
REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA PARA LA ATENCIÓN DE PLANTELES FEDERALES DE
EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR CON ESTUDIANTES CON DISCAPACIDAD (PAPFEMS) PARA EL
EJERCICIO FISCAL 2022
ÍNDICE
GLOSARIO
1. INTRODUCCIÓN
2. OBJETIVOS
2.1. General
2.2. Específicos
3. LINEAMIENTOS
3.1. Cobertura
3.2. Población objetivo
3.3. Beneficiarios/as
3.3.1. Requisitos
3.3.2. Procedimiento de selección
3.4. Características de los apoyos (tipo y monto)
3.4.1. Devengos, aplicación y reintegro de los recursos
3.4.1.1. Devengos
3.4.1.2. Aplicación
3.4.1.3. Reintegros
3.5. Derechos, obligaciones y causas de incumplimiento, suspensión, cancelación o reintegro de los recursos
3.6. Participantes
3.6.1. Instancia(s) ejecutora(s)
3.6.2. Instancia(s) normativa(s)
3.7. Coordinación institucional
4. OPERACIÓN
4.1. Proceso
4.2. Ejecución
4.2.1. Avance físico y financiero
4.2.2. Acta de entrega-recepción
4.2.3. Cierre de ejercicio
5. AUDITORÍA, CONTROL Y SEGUIMIENTO
6. EVALUACIÓN
6.1. Interna
6.2. Externa
6.3 Indicadores
7. TRANSPARENCIA
7.1. Difusión
7.2. Contraloría social
8. QUEJAS Y DENUNCIAS
ANEXOS
Anexo 1a Modelo de Convocatoria
Anexo 1b Modelo de Carta Compromiso
Anexo 1c Modelo de Convenio de Colaboración para la operación del PAPFEMS
Anexo 1d Diagrama de Flujo
Anexo 1e Apoyos económicos a figuras solidarias por atención y avance
Anexo 1f Modelo de Informe de avances trimestrales físico-presupuestarios
GLOSARIO
Para efectos de las presentes Reglas de Operación, se entenderá por:
Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. Es un plan de acción en favor de las personas, el planeta y la prosperidad. También tiene por objeto fortalecer la paz universal dentro de un concepto más amplio de la libertad. Se reconoce que la erradicación de la pobreza en todas sus formas y dimensiones, incluida la pobreza extrema, es el mayor desafío a que se enfrenta el mundo y constituye un requisito indispensable para el desarrollo sostenible.
AEL.- Autoridad Educativa Local, la persona titular de la Secretaría de Educación o dependencia o entidad homóloga en cada uno de los Estados de la Federación, que cuente con atribuciones para el desempeño de la función social educativa.
Ajustes razonables.- Las modificaciones y adaptaciones necesarias y adecuadas en la infraestructura y los servicios, que al realizarlas no impongan una carga desproporcionada o afecten derechos de terceros, que se aplican cuando se requieran en un caso particular, para garantizar que las personas gocen o ejerzan sus derechos en igualdad de condiciones con las demás.
APF.- Administración Pública Federal.
Apoyo económico.- Retribución monetaria que otorga la Subsecretaría de Educación Media Superior (SEMS) a las figuras solidarias que colaboran en tareas educativas y operativas para el beneficio de las y los adolescentes, jóvenes o adultos con discapacidad, en los Centros de Atención para Estudiantes con Discapacidad (CAED).
Asesora/or educativa/o.- Figuras solidarias, que voluntariamente apoyan las tareas educativas que facilitan el aprendizaje de las/los estudiantes con discapacidad. Participan en los Centros de Atención para Estudiantes con Discapacidad (CAED) ubicados en los planteles federales de educación media superior.
Asesoría educativa.- Proceso de facilitación y acompañamiento del aprendizaje de las/los estudiantes con discapacidad, desde que se incorporan hasta que completan sus estudios de tipo medio superior, mediante el cual se procura que las/los estudiantes reflexionen, resuelvan dudas y reciban retroalimentación. Se proporciona en los Centros de Atención para Estudiantes con Discapacidad (CAED).
ASF.- ...

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