Acuerdo número 19/09/19 por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas para el ejercicio fiscal 2019, publicadas el 6 de marzo de 2019.

Fecha de disposición06 Marzo 2019
Fecha de publicación04 Octubre 2019
EmisorSECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública. ESTEBAN MOCTEZUMA BARRAGÁN, Secretario de Educación Pública, con fundamento en los artículos 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 17, 38 y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 3, fracciones XI, XIV, XXI, XXII y penúltimo párrafo, 21, 23, 26, 27, 35, 36, 38 y Anexos 10, 13, 14, 16, 17, 18, 19, 25 y 26 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2019; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone que la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos de la Federación, podrá señalar los programas, a través de los cuales se otorguen subsidios, que deberán sujetarse a reglas de operación con el objeto de asegurar que la aplicación de los recursos públicos se realice con eficiencia, eficacia, economía, honradez y transparencia, así como los criterios generales a los cuales se sujetarán las reglas de operación de los programas;

Que asimismo, el referido precepto prevé que las dependencias y las entidades, a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector, serán responsables de emitir las reglas de operación de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente, previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria, mismas que deberán ser publicadas en el Diario Oficial de la Federación;

Que el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2019 establece en sus artículos 3, fracción XXI y 26 que los programas que deberán sujetarse a reglas de operación son aquéllos señalados en su Anexo 25;

Que mediante Acuerdo número 10/02/19 de fecha 6 de marzo de 2019 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas para el ejercicio fiscal 2019;

Que el Programa Nacional de Becas para el ejercicio fiscal 2019 tiene por objeto Favorecer el acceso, la permanencia, egreso y/o la superación académica e investigación de los estudiantes, egresados/as y/o docentes, personal académico y profesores/as investigadores/as, investigadores/as y personal con funciones de dirección (directores/as) que participan en el Sistema Educativo Nacional mediante una beca;

Que se requiere llevar a cabo la modificación del presente Programa toda vez que, se considera necesario realizar la precisión en el Anexo 6 "Beca para el Desarrollo y/o participación en proyectos de investigación o emprendedores" de los tipos y montos de la beca que se otorgan en el citado anexo, adicionalmente, se agrega la convocatoria y el flujograma de la beca "Jóvenes en Acción" ciclo 2019, de la Dirección General de Relaciones Internacionales. Cabe destacar que dicha modificación no implica un impacto presupuestario;

Que las reglas de operación a que se refiere el presente Acuerdo cuentan con la autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través del oficio 315-A-2087;

Que las reglas de operación a que se refiere el presente Acuerdo cuentan con el dictamen de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria a través del oficio CONAMER/19/4736, y

Que en cumplimiento de lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO NÚMERO 19/09/19 POR EL QUE SE MODIFICAN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA NACIONAL DE BECAS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019 PUBLICADAS EL 6 DE MARZO DE 2019

ÚNICO.- Se modifican las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas para el ejercicio fiscal 2019 publicadas el 6 de marzo de 2019, mediante el ACUERDO número 10/02/19, las cuales se detallan en el anexo del presente Acuerdo.

TRANSITORIO

ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Ciudad de México, a 30 de septiembre de 2019.- El Secretario de Educación Pública, Esteban Moctezuma Barragán.- Rúbrica.

ANEXO

ÚNICO.- Se agrega la tabla "Tipo y monto de la beca" en el Anexo 6 "Beca para el Desarrollo y/o participación en proyectos de investigación o emprendedores", adicionalmente, se agrega en el mismo anexo, la convocatoria y el flujograma de la beca "Jóvenes en Acción" ciclo 2019, de la Dirección General de Relaciones Internacionales correspondiente a las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas para el ejercicio fiscal 2019, emitidas mediante Acuerdo número 10/02/19, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de marzo de 2019, para quedar como sigue:

"ANEXO 6: BECA PARA EL DESARROLLO Y/O PARTICIPACIÓN EN PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN O EMPRENDEDORES

Tipo y monto de la beca:

Institución/UR
Monto
Periodicidad
COLMEX
1. Becario/as de investigación
A (Tiempo Completo): $5,799.47
A (Tiempo Parcial): $3,371.18
B (Tiempo Completo): $4,826.11
B (Tiempo Parcial): $2,809.38
2. Becas postdoctorales
De 25,000.00 a 30,000.00 de conformidad con lo que establezca la convocatoria.
Mensual.
DGRI
La beca Jóvenes en Acción cubre los siguientes aspectos:
o Transportación aérea internacional: Cd. de México/Estados Unidos/Cd. de México.
o Transportación terrestre o aérea, según sea el caso, en los viajes internos tanto en México como en Estados Unidos de América.
o Todos los libros y/o materiales necesarios.
o Actividades extracurriculares y culturales.
o Hospedaje durante la duración del curso, así como durante las sesiones de orientación previa a la partida y de clausura en la Cd. de México.
o Tres alimentos diarios.
o Seguro médico para accidentes y/o emergencias con cobertura en los Estados Unidos de América. No se cubrirán enfermedades preexistentes.
o Exención de los derechos para la expedición de la visa J-1 y del pago del SEVIS (Student Exchange Visitor Information System) con la que los/as seleccionados/as participarán en esta beca.
Pago único.

IPN
La beca es monetaria y el monto será el previsto en la(s) convocatoria(s) que se emita(n) o en el instrumento jurídico respectivo.
Beca otorgada en dos periodos escolares durante el año fiscal.
La modalidad de entrega preferentemente es mensual

SEMS
La beca es monetaria y el monto será el previsto en la(s) convocatoria(s) que se emita(n) o en el instrumento jurídico respectivo.
Los apoyos...

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