Acuerdo número 13/2022, del Fiscal General de Justicia del Estado de México, por el que se crea la Coordinación de Combate al Homicidio, se establecen sus funciones, se determinan las bases para su operación y funcionamiento y se adscriben a ésta las fiscalías especializadas de homicidio.

Viernes 9 de diciembre de 2022 Sección Primera Tomo: CCXIV No. 108
52
Al margen Escudo del Estado de México y un logotipo que dice: FGJ, Fiscalía General de Justicia del Estado de
México.
JOSÉ LUIS CERVANTES MARTÍNEZ, FISCAL GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE MÉXICO, CON
FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 21 Y 116, FRACCIÓN IX, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 81 Y 83, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE MÉXICO; 1, 5, 21, 22, FRACCIONES I, II, IV, VIII, XXXI y XXXIV, 25, FRACCIÓN II, 33 Y 34, DE LA
LEY DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE MÉXICO, Y
CONSIDERANDO
Que la Fiscalía General de Justicia del Estado de México tiene como objetivo principal garantizar que la procuración
de justicia se realice de manera expedita, completa e imparcial, para lo cual se utilizan estrategias y líneas de acción
para la modernización del Ministerio Público, que conlleven a una atención profesional, oportuna y accesible a los
ciudadanos, con pleno respeto a los derechos humanos, que facilite la denuncia y dé respuesta efectiva a las
demandas sociales de justicia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21 y 116, fracción IX, de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 81 y 83, de la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de México;
Que en términos de la Ley de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México, el Fiscal General de Justicia es el
Titular de este órgano autónomo cuya autoridad se extiende a cada servidor público de la Institución; asimismo le
corresponde expedir las disposiciones administrativas necesarias para el correcto funcionamiento de la Fiscalía
General de Justicia;
Que es prioridad de esta Institución, investigar y combatir la delincuencia convencional; y más aún, tratándose de
ilícitos de mayor impacto social, como es el caso del delito de homicidio;
Que en términos del artículo 30 de la Ley de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México, la organización y
funcionamiento de la Institución, en materia de investigación y persecución del delito está basada en los sistemas de
especialización y de organización territorial;
Que el sistema de especialización tiene como objetivo que la investigación y persecución de delitos que, por su
complejidad, mayor impacto social, características peculiares o incidencia en el territorio del Estado, se lleven a cabo
por Fiscalías Especializadas, entre ellos el homicidio; para tal efecto, estas unidades administrativas especializadas,
según su nivel orgánico, funcional y presupuestal, podrán contar con las áreas que establezcan las disposiciones
jurídicas aplicables;
Que la vida, la libertad y la seguridad son derechos fundamentales que constituyen los pilares que justifica la
existencia de cualquier Estado democrático, en este sentido, para el Estado mexicano preservar los es uno de los
objetivos fundamentales que orientan sus políticas;
Que sin lugar a dudas el homicidio es un delito de alto impacto, que en su ejecución vulnera uno de los bienes
jurídicos de mayor valía para la norma penal como lo es la vida, por tanto, constituye una grave ofensa a la sociedad,
por lo cual es primordial para la Institución implementar las acciones necesarias para combatir dicho ilícito;
Que derivado del crecimiento poblacional que ha tenido el Estado de México, la sociedad se ha hecho más compleja,
lo que repercute en el incrementado del número de conflictos entre sus miembros; situación que se ve reflejada en el
aumento de la comisión del delito de homicidio; por ello, el 14 de julio de 2017, se publicó en el Periódico Oficial
“Gaceta del Gobierno”, el Acuerdo Número 12/2017, por el que se crea la Fiscalía Especializada de Homicidio Zona
Oriente, se establecen sus funciones, se determinan las bases para su operación y funcionamiento, y se delimita el
ámbito de competencia territorial de las Fiscalías Especializadas de Homicidio del Valle de Toluca y del Valle de
México;
Que de acuerdo con el Censo de Población y Vivienda 2020, una de las entidades más pobladas es el Estado de
México, con 16,992,418 habitantes, circunstancia que se ve reflejada en el incremento del delito de Homicidio, de
acuerdo con cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública;

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR