Acuerdo número 09/2023, por el que se habilitan los días sábados y domingos a partir del sábado nueve de septiembre hasta el treinta y uno de diciembre del año dos mil veintitrés; así como los días del segundo periodo vacacional, cuyo periodo abarca del veintiuno de diciembre del año dos mil veintitrés, al cinco de enero del año dos mil veinticuatro, para desahogar y continuar con las diligencias de los procedimientos de contratación pública en materia de adquisición de bienes, contratación de servicios, arrendamientos y obra pública de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México.

Jueves 7 de septiembre de 2023 Sección Primera Tomo: CCXVI No. 44
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FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE MÉXICO
Al margen Escudo del Estado de México y un logotipo, que dice: FGJ, Fiscalía General de Justicia del
Estado de México.
JOSÉ LUIS CERVANTES MARTÍNEZ, FISCAL GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE
MÉXICO, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 21 Y 116, FRACCIÓN IX DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 81, 83 Y 83 BIS DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO; 1, 5, 21, 22,
FRACCIONES I, II, III, VIII, XXXIV Y L, Y 25, FRACCIONES I Y II DE LA LEY DE LA FISCALÍA
GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE MÉXICO, Y
C O N S I D E R A N D O
Que la Fiscalía General de Justicia del Estado de México es un órgano público autónomo, dotado de
personalidad jurídica y patrimonio propio, con autonomía presupuestal, técnica y de gestión, con
capacidad para decidir sobre el ejercicio de su presupuesto, así como de los órganos que la integran,
para el despacho de los asuntos que al Ministerio Público, a la Policía de Investigación y a los
Servicios Periciales les confiere la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, el Código Nacional de Procedimientos
Penales, la Ley de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México y demás disposiciones
jurídicas aplicables;
Que el Fiscal General de Justicia del Estado de México tiene la facultad para expedir acuerdos sobre
los asuntos de su competencia en términos de lo establecido en el artículo 22, fracción XXXIV de la
Ley de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México;
Que el veinticinco de enero de dos mil veintitrés, se publicó en el Periódico Oficial “Gaceta del
Gobierno”, el Acuerdo número 17/2022 por el que se autorizó el Calendario Oficial para el año 2023
de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México, de conformidad con los artículos 66, 67, 70 y
81, párrafo Tercero de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios;
Que el referido Calendario Oficial contempla dos periodos vacacionales para el personal de este
Órgano Autónomo, el primero en el mes de julio y el segundo en diciembre; además los días festivos
que conmemoran fechas importantes a nivel nacional y para el Estado de México;
Que la Oficialía Mayor a través de la Dirección de Recursos Financieros y Control Presupuestal, tiene
por objeto coordinar las actividades de programación, presupuesto, evaluación y control de los
recursos financieros, así como dirigir la planeación institucional, a fin de contribuir en el desarrollo de
las funciones encomendadas a las unidades administrativas de la Institución;
Que la Dirección General de Administración tiene por objeto administrar los recursos humanos y
materiales de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México, así como coadyuvar en los
procesos de adquisición de bienes, contratación de servicios y arrendamientos de bienes inmuebles,
además de participar en la supervisión de la ejecución de la obra pública, mantenimiento y
remodelación;

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