Acuerdo No. IEEM/CG/48/2022.- Por el que se expide el Reglamento para la Sustanciación de los Procedimientos Sancionadores del Instituto Electoral del Estado de México.

Miércoles 19 de octubre de 2022 Sección Primera Tomo: CCXIV No. 73
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Al margen Escudo del Instituto Electoral del Estado de México.
CONSEJO GENERAL
ACUERDO N°. IEEM/CG/48/2022
Por el que se expide el Reglamento para la Sustanciación de los Procedimientos Sancionadores del Instituto
Electoral del Estado de México
El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México emite el presente acuerdo, con base en lo siguiente:
G L O S A R I O
CEEM: Código Electoral del Estado de México.
Consejo General: Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.
Constitución Federal: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Constitución Local: Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México.
DJC: Dirección Jurídico Consultiva del Instituto Electoral del Estado de México.
DO: Dirección de Organización del Instituto Electoral del Estado de México.
DOF: Diario Oficial de la Federación.
IEEM: Instituto Electoral del Estado de México.
INE: Instituto Nacional Electoral.
LAMVLVEM: Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México.
LFGJEM: Ley de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México.
LGAMVLV: Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
LGIPE: Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Lineamientos: Lineamientos para la integración, funcionamiento, actualización y conservación del Registro Nacional
de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política Contra las Mujeres en Razón de Género.
OPL: Organismo(s) Público(s) Local(es) Electoral(es).
Reglamento: Reglamento para la Sustanciación de los Procedimientos Sancionadores del Instituto Electoral del
Estado de México.
SE: Secretaría Ejecutiva del Instituto Electoral del Estado de México.
VPG: Violencia Política contra las Mujeres en razón de Género.
A N T E C E D E N T E S
1. Acuerdo IEEM/CG/71/2016
En sesión extraordinaria del dos de septiembre de dos mil dieciséis, mediante acuerdo IEEM/CG/71/2016, este
Consejo General expidió el Reglamento.
2. Reformas y adiciones en el ámbito Federal
El seis de junio de dos mil diecinueve, se publicó en el DOF el Decreto mediante el cual se reformaron
diversos artículos de la Constitución Federal, en materia de paridad entre géneros
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y se estableció el uso del
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DECRETO por el que se reforman los artículos 2, 4, 35, 41, 52, 53, 56, 94 y 115; de la Constitución Federal, en materia de Paridad entre Géneros.
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lenguaje incluyente no sexista, al introducir términos como candidata, ciudadana, senadora, diputada, entre
otros.
El trece de abril de dos mil veinte, se publicó en el DOF, el Decreto mediante el cual se reformaron y
adicionaron diversas disposiciones de la LGAMVLV, de la LGIPE, de la Ley General del Sistema de Medios
de Impugnación en Materia Electoral, de la Ley General de Partidos Políticos, de la Ley General en Materia
de Delitos Electorales,
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entre otras.
Ello con el objeto de prevenir, erradicar, atender y sancionar la VPG, así como establecer medidas de
protección, entre otras cosas.
3. Reformas y adiciones en ámbito Local
Decreto 232 de la H. “LIX” Legislatura del Estado de México
El cinco de septiembre de dos mil diecisiete, se publicó en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” del
Estado de México, el Decreto 232 de la H. “LIX” Legislatura del Estado de México, por el que se reformaron y
adicionaron diversas disposiciones de la LAMVLVEM.
Como consecuencia de la expedición de dicho Decreto, se reconoció a través de la LAMVLVEM, la violencia
política como una modalidad de violencia contra las mujeres.
Decretos 186 y 187 de la H. “LX” Legislatura del Estado de México
El veinticuatro de septiembre de dos mil veinte, se publicaron en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”
del Estado de México, los Decretos 186 y 187, por los que se reformaron y adicionaron diversas
disposiciones de la Constitución Local, la LAMVLVEM, LFGJEM y el CEEM, entre otros.
Lo anterior, con el objeto de establecer disposiciones en materia de paridad de género, respeto de los
derechos humanos de las mujeres en el ámbito político y electoral, perspectiva de género, así como de
atención, sanción y erradicación de la VPG.
4. Aprobación de los Lineamientos
En sesión extraordinaria del cuatro de septiembre de dos mil veinte, mediante acuerdo INE/CG269/2020, el
Consejo General del INE aprobó los Lineamientos.
El presente acuerdo se funda y motiva en las siguientes:
C O N S I D E R A C I O N E S
I. COMPETENCIA
Este Consejo General es competente para expedir el Reglamento, en términos de lo previsto por el artículo 185,
fracción I, del CEEM, en relación con los artículos 440, numeral 3 de la LGIPE y 52 Bis, fracción III de la
LAMVLVEM.
II. FUNDAMENTO
Instrumentos Internacionales
La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer "Convención de
Belém do Pará", artículo 4º, incisos h y j; la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de
Discriminación Contra la Mujer “CEDAW”, artículo 7°, inciso a) han establecido, a partir del derecho a la igualdad
y los derechos político-electorales de las mujeres, una serie de principios y acuerdos generales que sirven de
referencia conceptual y legal para el desarrollo de la legislación sobre el tema en otros países. Algunos de esos
principios son: i) la obligación de los Estados a tomar las “medidas apropiadas para eliminar la discriminación
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DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disp osiciones de la LGAMVLV, de la LGIPE, de la Ley General del Sistema d e Medios de Impugnación
en Materia Electoral, d e la Ley General de P artidos Políticos, de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, de la Ley Orgánic a de la Fiscalía General
de la República, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

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