Acuerdo Nº A/026/2021 de Comisión Reguladora de la Energía, 30-08-2021
Fecha | 30 Agosto 2021 |
Número de acuerdo | A/026/2021 |
Normativa aplicada | En los artículos 28, párrafo octavo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 125, 146, 147, 158 y 262, fracción III, de la Ley de Amparo; 2, fracción III y 43 Ter de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, fracción II, 3, párrafo primero, 4, párrafo primero, 5, 22, fracciones I, II, III, X y XXVI, inciso a), 27, 41, fracción III y 42 de la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética; 1, 2, 3, fracciones XXIX, XXXI, XLIX y LII, 4, 6, 7, 12, fracciones IV y LII, 53, 65, 66, 138, párrafo segundo, 139, 140, fracción I, 141 y 145 de la Ley de la Industria Eléctrica, reformada mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 06 de noviembre de 2020; 1, 2, 3 y 13 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1 y 47 párrafos segundo, cuarto, quinto, sexto, séptimo y octavo del Reglamento de la Ley de la Industria Eléctrica; y 1, 4, 7, fracción I, 12 y 18, fracciones I, VIII y XLIV del Reglamento Interno de la Comisión Reguladora de Energía; y en cumplimiento a la suspensión definitiva dictada dentro del juicio de amparo 240/2021, por el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República |
Tipo de documento | Autorización de tarifas |
ACUERDO Núm. A/026/2021
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
ACUERDO DE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA POR EL QUE
DETERMINA LAS TARIFAS FINALES DEL SUMINISTRO BÁSICO
APLICABLES PARA EL PERIODO COMPRENDIDO DEL 1 AL 30 DE
SEPTIEMBRE DE 2021 EN CUMPLIMIENTO A LA SUSPENSIÓN
DEFINITIVA OTORGADA EN EL JUICIO DE AMPARO 240/2021 POR EL
JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA
ESPECIALIZADO EN COMPETENCIA ECONÓMICA, RADIODIFUSIÓN Y
TELECOMUNICACIONES, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE
MÉXICO Y JURISDICCIÓN EN TODA LA REPÚBLICA
En sesión ordinaria celebrada el 30 de agosto de 2021, el Órgano de
Gobierno de la Comisión Reguladora de Energía, con fundamento en
Unidos Mexicanos; 125, 146, 147, 158 y 262, fracción III, de la Ley de
Amparo; 2, fracción III y 43 Ter de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal; 1, 2, fracción II, 3, párrafo primero, 4, párrafo primero, 5,
22, fracciones I, II, III, X y XXVI, inciso a), 27, 41, fracción III y 42 de la Ley
de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética; 1, 2, 3,
fracciones XXIX, XXXI, XLIX y LII, 4, 6, 7, 12, fracciones IV y L11, 53, 65, 66,
138, párrafo segundo,139,140, fracción 1,141 y145 de la Ley de la Industria
Eléctrica, reformada mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de
la Federación el 06 de noviembre de 2020; 1, 2, 3 y 13 de la Ley Federal
de Procedimiento Administrativo; 1 y 47 párrafos segundo, cuarto,
quinto, sexto, séptimo y octavo del Reglamento de la Ley de la Industria
Eléctrica; y 1, 4, 7, fracción 1, 12 y 18, fracciones 1, VIII y XLIV del
Reglamento Interno de la Comisión Reguladora de Energía; y en
cumplimiento a la suspensión definitiva dictada dentro del juicio de
amparo 240/2021, por el Juzgado Segundo de Distrito en Materia
Administrativa, Especializado en Competencia Económica,
Radiodifusión y Telecomunicaciones con residencia en la Ciudad de
México y jurisdicción en toda la República; y
N026/2021
SECRETARIA EJECUTIVA
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