Acuerdo Nº A/016/2021 de Comisión Reguladora de la Energía, 28-05-2021

Número de acuerdoA/016/2021
Año2021
Fecha28 Mayo 2021
Tipo de documentoAutorización de tarifas
Normativa aplicadaEn los artículos 28, párrafo octavo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 125, 126, 146, 147 y 158, de la Ley de Amparo, 2, fracción III y 43 Ter de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, fracción II, 3, párrafo primero, 4, párrafo primero, 5, 22, fracciones I, II, III, X y XXVI, inciso a), 27, 41, fracción III y 42 de la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética; 1, 2, 3, fracciones XXIX, XXXI, XLIX y LII, 4, 6, 7, 12, fracciones IV y LII, 53, 65, 66, 138, párrafo segundo, 139, 140, fracción I, 141 y 145 de la Ley de la Industria Eléctrica con reforma de 06 de noviembre de 2020 ; 1, 2, 3 y 13 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1 y 47 párrafos segundo, cuarto, quinto, sexto, séptimo y octavo del Reglamento de la Ley de la Industria Eléctrica; y 1, 4, 7, fracción I, 12 y 18, fracciones I, VIII y XLIV del Reglamento Interno de la Comisión Reguladora de Energía; y en cumplimiento a la suspensión definitiva dictada dentro del juicio de amparo 240/2021, por el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República
ACUERDO Núm. A/016/2021
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
ACUERDO DE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA POR EL QUE
DETERMINA LAS TARIFAS FINALES DEL SUMINISTRO BÁSICO
APLICABLES PARA EL PERIODO COMPRENDIDO DEL 1 AL 30 DE
JUNIO DE 2021 EN CUMPLIMIENTO A LA SUSPENSIÓN DEFINITIVA
OTORGADA EN EL JUICIO DE AMPARO 240/2021 POR EL JUZGADO
SEGUNDO DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA
ESPECIALIZADO EN COMPETENCIA ECONÓMICA, RADIODIFUSIÓN Y
TELECOMUNICACIONES, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE
MÉXICO Y JURISDICCIÓN EN TODA LA REPÚBLICA
En sesión ordinaria celebrada el 28 de mayo de 2021, el Órgano de
Gobierno de la Comisión Reguladora de Energía, con fundamento en
los artículos 28, párrafo octavo de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexica nos; 125,126,146,147 y158, de la Ley de Amparo, 2, fracción
fracción II, 3, párrafo primero, 4, párrafo primero, 5, 22, fracciones 1,11,111,
X y XXVI, inciso a), 27, 41, fracción III y 42 de la Ley de los Órganos
Reguladores Coordinados en Materia Energética; 1, 2, 3, fracciones XXIX,
XXXI, XLIX y LII, 4, 6, 7, 12, fracciones IV y LII, 53, 65, 66, 138, párrafo
segundo, 139, 140, fracción I, 141 y 145 de la Ley de la Industria Eléctrica
con reforma de 06 de noviembre de 2020 ; 1, 2, 3 y 13 de la Ley Federal
de Procedimiento Administrativo; 1 y 47 párrafos segundo, cuarto,
quinto, sexto, séptimo y octavo del Reglamento de la Ley de la Industria
Eléctrica; y 1, 4, 7, fracción 1,12 y18, fracciones I, VIII y XLIV del Reglamento
Interno de la Comisión Reguladora de Energía; y en cumplimiento a la
suspensión definitiva dictada dentro del juicio de amparo 240/2021, por
el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado
en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones con
residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República;
A/016/2021
SECRETARIA EJECUTIVA

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