Acuerdo Municipal, mediante el cual, se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento del Consejo de Honor y Justicia de los Cuerpos de Seguridad Pública Municipal de León, Gto.

Fecha de publicación18 Marzo 2011
EstadoGuanajuato
MunicipioLeón
PERIODICO OFICIAL 18 DE MARZO - 2011 PAGINA 21
PRESIDENCIA MUNICIPAL - LEON, GTO.
EL CIUDADANO LIC. FRANCISCO RICARDO SHEFFIELD PADILLA, PRESIDENTE MUNICIPAL
DE LEÓN, ESTADO DE GUANAJUATO, A LOS HABITANTES DEL MISMO HAGO SABER:
QUE EL H. AYUNTAMIENTO QUE PRESIDO, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115
FRACCIÓN II DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 106 Y 117
FRACCIÓN I DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO; 2º, 69
FRACCIONES I INCISO b) y IV, 202 Y 205 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL PARA EL ESTADO DE
GUANAJUATO; EN SESIÓN ORDINARIA DEL H. AYUNTAMIENTO DE FECHA 10 DEL MES DE FEBRERO
DEL AÑO 2011, APROBÓ DIVERSAS MODIFICACIONES AL REGLAMENTO DEL CONSEJO DE HONOR
Y JUSTICIA DE LOS CUERPOS DE SEGURIDAD PÚBLICA MUNICIPAL DE LEÓN, GTO., DE
CONFORMIDAD CON LA SIGUIENTE:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El principal objetivo del Consejo de Honor y Justicia de los Cuerpos de Seguridad Pública de León,
Gto., es velar por la honorabilidad y buena reputación de los cuerpos de seguridad pública de este municipio
y combatir las conductas lesivas para la comunidad o las corporaciones de seguridad, así como valorar su
desempeño para efecto de reconocimientos y distinciones, lo anterior tal como lo señala el artículo 53 de la
Ley de Seguridad Pública del Estado de Guanajuato, la cual, además, otorga a los municipios facultades
para nombrar un Consejo de Honor y Justicia.
Este municipio haciendo uso de la mencionada facultad otorgada, cuenta con un Consejo de Honor
y Justicia de los Cuerpos de Seguridad Pública, que funciona como órgano colegiado permanente y que
goza de las más amplias facultades para examinar los expedientes del personal operativo de los cuerpos de
seguridad, ordenando la práctica de las diligencias que permiten allegarse de los dispositivos necesarios
para emitir su resolución por la comisión de faltas graves en que incurran los agentes de las direcciones
generales de policía o tránsito de este municipio.
Es preciso reconocer que León Guanajuato, es un municipio que día a día crece con un desarrollo
social y económico que exige que su normatividad sea congruente y esté a la par de sus necesidades, es
por ello que se realizó un análisis al Reglamento del Consejo de Honor y Justicia de los Cuerpos de Seguridad
Pública de este municipio, detectando la necesidad de realizar diversas adecuaciones a fin de tomar las
medidas y acciones oportunas para mejorar el actuar de las autoridades que integran dicho Consejo así
como del desarrollo de sus procesos regulatorios.
La presente iniciativa pretende entre otros dar mayor representatividad dentro del consejo a los
diversos niveles jerárquicos de los elementos operativos de los cuerpos de seguridad pública, proponiéndose
por lo tanto que dentro del Consejo se aumente a tres el número de integrantes de los vocales del personal
operativo de las Direcciones Generales de Policía o de Tránsito; asimismo dentro de este rubro se propone
que para la renovación de dichos integrantes del Consejo se convoque cada dos años en lugar de uno, esto
a fin de que se adquiera mayor experiencia en sus funciones.

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