Acuerdo por el que se modifican las reglas de operación del Fideicomiso para la Promoción del Turismo Sostenible y Desarrollo Artesanal del Estado de México.

Miércoles 23 de noviembre de 2022 Sección Primera Tomo: CCXIV No. 96
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SECRETARÍA DE CULTURA Y TURISMO
Al margen Escudo del Estado de México.
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICAN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL FIDEICOMISO PARA LA
PROMOCIÓN DEL TURISMO SOSTENIBLE Y DESARROLLO ARTESANAL DEL ESTADO DE MÉXICO PARA
QUEDAR COMO SIGUE:
CAPÍTULO PRIMERO
SECCIÓN PRIMERA
DISPOSICIONES GENERALES
Regla 1. Las presentes Reglas de Operación tienen por objeto regular la organización y operación del Fideicomiso
para la Promoción del Turismo Sostenible y Desarrollo Artesanal del Estado de México, así como el correcto
funcionamiento del mismo, para cumplir con los fines para los que fue creado, en términos de lo señalado en el
artículo 69 G del Código Financiero del Estado de México y Municipios y demás normatividad aplicable.
Regla 2. El propósito del Fideicomiso, es la administración de los recursos obtenidos por la recaudación del Impuesto
sobre la Prestación de Servicios de Hospedaje, señalados en el artículo 69 F del Código Financiero del Estado de
México y Municipios, con la finalidad de colaborar en el des arrollo y fomento del Sector Turístico del Estado de
México, mediante la asignación de recursos a proyectos que cumplan con los requerimientos y características
establecidas en las presentes Reglas de Operación.
Regla 3. De acuerdo a lo establecido en el artículo 69 G del Código Financiero del Estado de México el Fideicomiso
tiene por objeto:
a) La promoción nacional e internacional del Estado de México como destino turístico.
b) La promoción nacional e internacional del Estado de México para atraer congresos, convenciones, reuniones
corporativas, ferias, exposiciones, programas de incentivos o cualquier tipo de reunión, evento o festival que
genere la presencia de turistas y derrama económica al Estado de México.
c) El desarrollo de proyectos, construcción y equipamiento de infraestructura turística.
d) Implementar las acciones necesarias para apoyar a los prestadores de servicios turísticos, a las y los
artesanos en caso de presentarse fenómenos naturales o acontecimientos sociales extraordinarios que los
afecten directamente.
SECCIÓN SEGUNDA
DEFINICIONES
Regla 4. Para efectos de las presentes Reglas de Operación se entenderá por:
a) Comité Técnico: El Órgano Colegiado regulador del Fideicomiso para la Promoción del Turismo Sostenible y
Desarrollo Artesanal del Estado de México.
b) Contrato: Al Contrato del Fideicomiso número 7881-3 celebrado entre la Secretaría de Cultura y Turismo y
Banca Afirme S.A., Institución de Banca Múltiple en fecha 16 de agosto de 2019.
c) Convenio: instrumento jurídico que establece el acuerdo de voluntades para desarrollar en forma planificada
actividades de interés común. Expresa la confianza y buena voluntad entre las partes con la finalidad de
regular el desarrollo de actividades de cooperación mutua.
d) Fideicomiso: Al Fideicomiso para la Promoción del Turismo Sostenible y Desarrollo Artesanal del Estado de
México número 7881-3 creado para administrar los recursos recaudados por concepto del Impuesto sobre la
Prestación de Servicios de Hospedaje en el porcentaje establecido.
e) Fideicomitente: El Gobierno del Estado de México a través de la Secretaría de Cultura y Turismo.
f) Fideicomisario: El Gobierno del Estado de México a través de la Subsecretaría de Turismo de la Secretaría
de Cultura y Turismo.
g) Fiduciario: Banca Afirme, S.A., Institución de Banca Múltiple.
h) Infraestructura Turística: conjunto de elementos o servicios para el adecuado funcionamiento de la
actividad turística en beneficio público.
i) Oferta Turística: Conjunto de bienes y servicios turísticos, así como los atractivos culturales, históricos y
recreativos que se ofrecen dentro del Estado de México y que generen diversos tipos de turismo.
j) Patrimonio del Fideicomiso: Será integrado por el pago por concepto del impuesto sobre la prestación de
servicios de hospedaje del Estado de México; por las cantidades que se depositen a la cuenta de gastos o

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