Acuerdo por el cual se modifican los Lineamientos de Operación de la acción social, “Apoyo a Familias Residentes, derivado de la emergencia sanitaria COVID-19”, para el ejercicio fiscal 2020, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el 21 de abril de 2020

ALCALDÍA EN VENUSTIANO CARRANZA

MTRO. MARCO POLO CARBALLO CALVA, DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 123, 124, 128 y 129 de La Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México y considerando el Artículo Quinto del "ACUERDO POR EL QUE SE DELEGAN EN LOS TITULARES DE LAS DIRECCIONES GENERALES Y EJECUTIVAS DE LA ALCALDÍA VENUSTIANO CARRANZA QUE SE MENCIONAN, LAS FACULTADES QUE SE INDICAN" publicado el 24 de octubre de 2019, en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

CONSIDERANDO

Que el artículo 3 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal establece que la política de Desarrollo Social es el conjunto de actividades institucionales de desarrollo social y de bienestar normadas por Lineamientos de Operación y que tienen carácter contingente, temporal, emergente o casuístico.

Que, entre las facultades conferidas al Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México (EVALUA) se encuentra la de analizar, valorar y, en su caso, aprobar la implementación de Acciones Sociales de todas las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México y las Alcaldías; por ello, se sometió a consideración del citado Consejo la propuesta de modificación del Acuerdo de mérito y considerando la autorización expedida, se emite, el siguiente:

ACUERDO POR EL CUAL SE MODIFICAN LOS LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DE LA ACCIÓN SOCIAL "APOYO A FAMILIAS RESIDENTES EN LA ALCALDIA EN VENUSTIANO CARRANZA DERIVADO DE LA EMERGENCIA SANITARIA COVID-19", A CARGO DE LA ALCALDÍA EN VENUSTIANO CARRANZA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EL 21 DE ABRIL DE 2020.

Único.- Se modifican los numerales 5.1, 5.2 11 y 12 para quedar de la manera siguiente:

5.1 Definición y cuantificación de las personas o unidades territoriales que la acción busca atender y los que serán atendidos o beneficiados.

2026

Dados los limitados recursos que existen en la administración pública, la población beneficiaria será de hasta 80,000 personas mayores de 18 y hasta de 67 años 11 meses que vivan en condiciones de vulnerabilidad, residentes de la Alcaldía de Venustiano Carranza, que representa un 43% de la población que se busca atender. El requisito de la edad señalado tendrá solo la excepción de los beneficiarios del Programa de Abasto Social de Leche (PASL) de...

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