Acuerdo por el que se modifica el Sistema de Datos Personales “Alineamientos y números oficiales”

ALCALDÍA EN CUAJIMALPA DE MORELOS.

Lic. Adrián Rubalcava Suárez, persona titular de la Alcaldía Cuajimalpa de Morelos, con fundamento en los artículos 53, de la Constitución Política de la Ciudad de México; 31, fracción III, de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México; 36 y 37, fracción I de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México y 69 de los Lineamientos de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México.

CONSIDERANDO

Que de conformidad con el artículo 6° apartado A fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que indica que la información que se refiere a la vida privada y los datos personales será protegida en los términos y con las excepciones que fijen las leyes.

Que de conformidad con el artículo 16 párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos, así como a manifestar su oposición, en los términos que fije la ley, la cual establecerá los supuestos de excepción a los principios que rijan el tratamiento de datos, por razones de seguridad nacional, disposiciones de orden público, seguridad y salud públicas o para proteger los derechos de terceros.

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 7, apartado E numeral 1 de la Constitución Política de la Ciudad de México, toda persona tiene derecho a que se respete y proteja su privacidad individual y familiar, la inviolabilidad del domicilio y de sus comunicaciones, así como, el derecho que ampara sobre la protección de la información que refiera a la privacidad y los datos personales.

Que con fecha 5 de febrero de 2017, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, la Constitución Política de la Ciudad de México, donde en su artículo 52, señala que las Demarcaciones Territoriales son la base de la división territorial y de la organización político administrativo de la Ciudad de México con autonomía en su gobierno interior, el cual estará a cargo de un órgano político administrativo denominado alcaldía.

Que el artículo 53, letra A, numeral 1, de la Constitución Política de la Ciudad de México, señala que las alcaldías son un órgano político administrativo, que se integrara por un alcalde y un concejo electos por votación de manera universal, libre, secreta y directa por un periodo de tres años.

Que de conformidad con el artículo 7 apartado E numeral 4 de la Constitución Política de la Ciudad de México, toda persona tiene el derecho humano a la protección, al acceso, rectificación y cancelación de sus datos personales, así como a manifestar su oposición al tratamiento de los mismos.

Que la Ley de Proyección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México en su artículo 1 establece que dicha normativa es de orden público y de observancia general en la Ciudad de México, en materia de protección de datos personales en posesión de sujetos obligados y tiene por objeto establecer las bases, principios y procedimientos para garantizar el derecho que tiene toda persona al tratamiento lícito de sus datos personales, a la protección de los mismos, así como al ejercicio de los Derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición de sus datos personales en posesión de sujetos obligados.

Que la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de sujetos Obligados de la Ciudad de México; en su artículo 3 fracción XXIX define a los Sistema de Datos Personales como el conjunto organizado de archivos, registros, ficheros, bases o banco de datos personales en posesión de los Sujetos Obligados, cualquiera que sea la forma o modalidad de su creación, almacenamiento, organización y acceso.

Que el artículo 9 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de sujetos Obligados de la Ciudad de México, establece que el Responsable del tratamiento de Datos Personales observará los principios de: calidad, confidencialidad, consentimiento, finalidad, información, lealtad, licitud, proporcionalidad, transparencia y temporalidad.

34 GACETA...

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