Acuerdo por el que se modifica el Sistema de Datos Personales denominado “Ferias, Exposiciones y Congresos Vinculados a la Promoción de Actividades Industriales, Comerciales y Económicas”

46 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 25 de abril de 2022

ALCALDÍA EN VENUSTIANO CARRANZA

LIC. ARACELI MORENO RIVERA, DIRECTORA EJECUTIVA DE PLANEACIÓN Y FOMENTO ECONÓMICO, con fundamento en lo señalado por el artículo 6, apartado A, 16 párrafo segundo y 122, fracción VI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 52 numerales 1 y 4, 53 apartado A, numerales 11 y 12 fracciones I, II y XV, apartado B numeral 1, 3, inciso a), fracciones I, III, X, XIX, XXII, XXVIII y XXX, de la Constitución Política de la Ciudad de México, 20, fracción XV I, 29 fracción VIII 30, 31, fracción I, III, VIII, X, 35 fracción II 40, 43, 71 fracción VII, de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México, punto Séptimo del Acuerdo por el que se Delegan las Facultades en los Titulares de las Direcciones Generales y Ejecutivas de la Alcaldía Venustiano Carranza publicado el 12 de octubre de 2021 en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, artículos 36, 37 fracciones I y II, 38 fracciones I, II. III. IV, V, VI, VII, VIII y 39 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México, artículos 63, 64 fracciones I, II, III, IV, V y VI, 65 y 66 de los Lineamientos Generales de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México, y

CONSIDERANDOS

Que la Alcaldía Venustiano Carranza, es un Órgano Político Administrativo, cuya naturaleza y objeto se encuentra previsto en los artículos 122 apartado A fracción VI inciso a) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, articulo 53 apartado A numeral 1 y 2 de la Constitución Política de la Ciudad de México y articulo 20 de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México;

Que de conformidad con los artículos 11 y 12, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, "La Administración Pública de la Ciudad de México se regirá por los principios de atención ciudadana simplificación, agilidad, economía, información, innovación, precisión, legalidad, transparencia, gobierno abierto, proporcionalidad, buena fe, integridad, plena accesibilidad, debido procedimiento e imparcialidad, honradez, lealtad, eficiencia, profesionalización y eficacia".

Que de conformidad con el artículo 71, de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México, este Órgano Político Administrativo cuenta con diversas Unidades Administrativas para el auxilio en el ejercicio de las facultades y cumplimiento de los fines que tiene conferido;

Que en términos del artículo 74 de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México, autoriza al Titular de la Alcaldía a delegar en las unidades administrativas que tiene adscritas el ejercicio de facultades que expresamente tiene conferidas, entre las que se encuentran previstas en los artículos 20, 29, 30, 31, 35, 40, 43 y 71 de la Ley Orgánica de referencia;

Que de conformidad con los artículos 29 fracción VIII, 30, y 71 fracción II de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México, este Órgano Político Administrativo cuenta entre sus Unidades Administrativas, con la Dirección Ejecutiva de Planeación y Fomento Económico, entre otras, según su estructura organizacional publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el día 02 de abril de 2020;

Que en términos de los artículos 1, 2, 3 Fracción IX de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México, "Tiene por objeto establecer las bases...

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