Acuerdo por el que se modifica el Sistema de Datos Personales denominado, Programa Altépetl

8 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 11 de enero de 2022

SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE

Dra. Marina Robles García, Secretaria del Medio Ambiente de la Ciudad de México, en términos de lo dispuesto por los artículos 4 párrafo quinto, 6º apartado A, fracción II y 122 apartado A, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 7, apartado E, 13 y 16 apartado A de la Constitución Política de la Ciudad de México; 11, fracción I, 14,16, fracción X, 18 y 20, fracción IX de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 6, fracción II, 9 de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal; 36 y 37, fracción I de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México; 63 y 65, de los Lineamientos Generales de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México; y,

CONSIDERANDO

Que en cumplimiento al artículo 6º apartado A, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, mediante el cual establece el derecho al acceso a la información pública, siendo de competencia del Gobierno de la Ciudad de México garantizar el acceso a la información que se refiere a la vida privada y los datos personales que tenga en administración o en posesión, bajos los principios y bases establecidas en las leyes reglamentarias, para su tratamiento de dicha información.

Que en términos del artículo 7, apartado E, numerales 2, 3 y 4 de la Constitución Política de la Ciudad de México, establece el derecho de toda persona a la protección de la información que se refiera a la privacidad y los datos personales, en los términos y con las excepciones que establezcan la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes reglamentarias del derecho al acceso a la información pública, así como su manejo se regirá por los principios de veracidad, licitud, consentimiento, información, calidad, finalidad, lealtad, proporcionalidad y responsabilidad.

Que en términos del artículo 36 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México, la Secretaría del Medio Ambiente en su calidad de Sujetos Obligados en su función de Responsable del tratamiento de datos personales recabados con motivo de la aplicación del "Programa Altépetl", le corresponde en el ámbito de su competencia determinar la creación, modificación o supresión de los Sistemas...

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