Acuerdo por el que se modifica el Sistema de Datos Personales denominado “Programa de Protección Civil”

DELEGACIÓN IZTAPALAPA

LIC. DIONE ANGUIANO FLORES, Jefa Delegacional en Iztapalapa, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 87 tercer párrafo, 104, 105, 117 fracciones I, II y XI del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1, 2 párrafo tercero, 3 fracción III, 7, 10 fracción IX, 36, 37, 38 y 39 fracción LIV, y LXXXVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 120, 121, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 6, 7 fracciones I y II, 8, 21fracción I y 22 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal; y los numerales 6, 7y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, así como también los siguientes:

CONSIDERANDOS

I. Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 6 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal corresponde determinar al titular del ente público, la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales, en el ámbito de competencia.

II. Que de conformidad con el artículo 7, fracción I de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, se establece que la integración, tratamiento y tutela de los sistemas de datos personales está a cargo de los entes públicos, y su creación, modificación o supresión deberán publicarse en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

III. Que de manera adicional, el numeral 6 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, establece como obligación para todos los entes públicos, que la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales sólo podrá efectuarse mediante acuerdo emitido por el titular del ente, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

IV. Que de conformidad con el numeral 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, establece que el acuerdo mediante el cual se determine la modificación de un sistema de datos personales deberá indicar las modificaciones producidas en cualquiera de las fracciones a que se hace referencia en el numeral 7 de los Lineamientos y cualquier modificación que afecte la integración y tratamiento de un sistema de datos personales deberá publicarse en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

V. Que de acuerdo con el oficio CGMA/DDO/3611/07, de fecha del 6 de noviembre de 2007, en alcance al Dictamen 11/2006 del Órgano Político Administrativo en Iztapalapa, la Oficialía Mayor autorizó el movimiento con vigencia a partir del 1° de noviembre de 2007 donde la Dirección General Jurídica y de Gobierno transfiere a la Oficina de la Jefatura Delegacional, la Coordinación de Protección Civil, así como las Jefaturas de Unidad Departamental de Seguimiento y Evaluación de Siniestros y de Atención a Siniestros; asimismo por motivo de la reestructuración 11/201, la Coordinación de Protección Civil pasa a ser Dirección de Área, dando el grado de responsabilidad que conlleva el desempeño de sus...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR