Acuerdo por el que se modifica el Sistema de Datos Personales denominado “Sistema Integral de Administración del Pago (SIAP)” para quedar como “Sistema Integral de Administración del Pago (SIAP) de la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México”

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES DENOMINADO "SISTEMA INTEGRAL DE ADMINISTRACIÓN DEL PAGO (SIAP)" PARA QUEDAR COMO "SISTEMA INTEGRAL DE ADMINISTRACIÓN DEL PAGO (SIAP) DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO"

EDGAR ABRAHAM AMADOR ZAMORA, Secretario de Finanzas del Gobierno de la Ciudad de México, en ejercicio de las facultades conferidas y en cumplimiento a lo establecido en los artículos , 12 fracciones I y VI, y 87 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1º, 2º párrafos primero y segundo, 7º, 15 fracción VIII, 16 fracción IV y 30 fracción IV, IX y XXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 6° y 7° fracciones I y II de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal; 1°, 2°, 7° fracción VIII inciso f), 34 Bis fracciones I, VII y IX, y 92 fracciones IV y XXII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y los numerales, 6°, 7° y 8° de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, y

C O N S I D E R A N D O

Que de conformidad con los artículos 6° apartado A fracción II y 16 párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 26 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos, así como a manifestar su oposición, en los términos que fije la citada Ley.

Que de acuerdo a lo establecido en los artículos 6 y 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal y los numerales 6 y 7 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, corresponde a los entes públicos determinar, a través de su titular, la creación, modificación o supresión de los sistemas de datos personales, debiendo publicarse en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

Que el Sistema en posesión, tutela y tratamiento de la Subsecretaría de Planeación Financiera de la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México, es preexistente a la fecha de publicación de la Ley de Protección de Datos Personales, y se registró en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales (RESDP), con fecha 30 de abril de 2010.

Que derivado del "Acuerdo mediante el cual se aprueba el Informe de Resultados de la Evaluación del Cumplimiento a lo previsto en el artículo 9 de la Ley de Protección de Datos Personales del Distrito Federal con sus respectivas recomendaciones", se realizan modificaciones al Sistema de Datos Personales en posesión, tutela y tratamiento de la Subsecretaría de Planeación Financiera de la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México.

Que el 29 de enero de 2016 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el "Decreto por el que se declaran reformadas y derogadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de reforma política de la Ciudad de México", en virtud del cual entre otros aspectos en el artículo 122 otorgó a la Ciudad de México autonomía en todo lo concerniente a su régimen interior y a su organización política y administrativa. Así mismo, de conformidad con el artículo Décimo Cuarto Transitorio de dicho Decreto todas las referencias que en la Constitución y demás ordenamientos jurídicos se hagan al Distrito Federal, deberán entenderse hechas a la Ciudad de México.

Que el 6 de mayo de 2016 fue publicada la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, misma que es de orden público y de observancia general en el territorio de la Ciudad de México en materia de Transparencia, Acceso a la información, Gobierno Abierto y Rendición de Cuentas, por lo que es necesario modificar el apartado de Normatividad.

Que a fin de una mayor certeza en cuanto a las atribuciones ejercidas y el uso de datos personales, se considera conveniente modificar la finalidad y el origen de los datos.

Que atendiendo el principio de calidad de los datos, establecido en el artículo 5 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, se realizan modificaciones a la estructura básica del Sistema.

Que derivado de la publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México con fecha 12 de octubre de 2016, del Aviso por el cual se hace del conocimiento público el cambio de domicilio de la Unidad de Transparencia de la Secretaría de Finanzas

4 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9 de Noviembre de 2016

de la Ciudad de México, se requiere actualizar la información en el apartado denominado "Unidad administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición de datos personales, así como la revocación del consentimiento".

Que el artículo 5° de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal establece los principios que rigen a los sistemas de datos personales en posesión de los entes públicos tales como licitud, consentimiento, calidad de los datos, confidencialidad, seguridad, disponibilidad y temporalidad.

Que en virtud de la obligación de publicar en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el acuerdo de creación, modificación o supresión de los sistemas...

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