Acuerdo por el que se modifica el similar por el que la Secretaría del Trabajo del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, su órgano desconcentrado y la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, adoptan las recomendaciones señaladas por las autoridades sanitarias frente al COVID 19.

8 de mayo de 2020 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 10723
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE TRABAJO
LIC. MARIO FERNANDO RAMÍREZ RETOLAZA, Secretario del Trabajo del Poder Ejecutivo del Estado de
Querétaro, en ejercicio de las atribuciones que me confieren los artículos 3, 9 párrafo segundo, 17, 18 y 19
fracción VIII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, 1, 2, 4, 7 y 8 del Reglamento
Interior de esta Secretaría, y
CONSIDERANDO
1. Que en fecha 30 de abril de 2020 fue publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro
“La Sombra de Arteaga”, el Acuerdo por el que la Secretaría del Trabajo del Poder Ejecutivo del Estado de
Querétaro, su Órgano Desconcentrado y la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, adoptan las recomendaciones
señaladas por las autoridades sanitarias frente al covid 19.
2. Que en el artículo primero del Acuerdo mencionado refiere su objeto, que es establecer las medidas de
seguridad, prevención y protección que deberán seguirse a partir del día uno y hasta el día treinta de abril del año
2020, con la posibilidad de que dicho periodo sea modificado de conformidad con las medidas y disposiciones
que determinen las autoridades sanitarias competentes.
3. Que en fecha 21 de abril de 2020, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se
modifica el similar por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria
generada por el virus SARS-CoV2, publicado el 31 de marzo de 2020.
4. Que se ha ordenado la suspensión inmediata, del 30 de marzo al 30 de mayo de 2020, de las actividades no
esenciales, con la finalidad de mitigar la dispersión y transmisión del virus SARS-CoV2 en la comunidad, para
disminuir la carga de enfermedad, sus complicaciones y la muerte por COVID-19 en la población residente en el
territorio nacional, periodo en el que deben mantenerse y continuar las medidas de seguridad sanitaria para
asegurar el distanciamiento social.
Por lo anteriormente expuesto, tengo a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL SIMILAR POR EL QUE LA SECRETARÍA DEL TRABAJO DEL
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE QUERÉTARO, SU ÓRGANO DESCONCENTRADO Y LA JUNTA
LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE, ADOPTAN LAS RECOMENDACIONES SEÑALADAS POR LAS
AUTORIDADES SANITARIAS FRENTE AL COVID 19
PRIMERO. Se modifica el Artículo Primero del Acuerdo por el que la Secretaría del Trabajo del Poder Ejecutivo
del Estado de Querétaro, su Órgano Desconcentrado y la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, adoptan las
recomendaciones señaladas por las autoridades sanitarias frente al covid 19, publicado en el Periódico Oficial del
Gobierno del Estado de Querétaro “La Sombra de Arteaga”, para quedar como sigue:
Artículo Primero. El presente Acuerdo será de observancia general y obligatoria, para los servidores
públicos que desempeñan funciones en las Unidades Administrativas de la Secretaría del Trabajo del Poder
Ejecutivo del Estado de Querétaro, en su Órgano Desconcentrado denominado Consejo Interinstitucional
del Estado de Querétaro para la Implementación de la Reforma Laboral y en la Junta Local de Conciliación
y Arbitraje del Estado, así como para los usuarios que acudan a las diferentes áreas que la conforman. Y
tendrá por objeto establecer las medidas de seguridad, prevención y protección que deberán seguirse a
partir del día uno de abril y hasta el día treinta de mayo del año 2020, con la posibilidad de que dicho
periodo sea modificado de conformidad con las medidas y disposiciones que determinen las autoridades
sanitarias competentes.

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