Acuerdo por el que se modifica el similar por el que se establece el Fondo para la Protección Ambiental y el Desarrollo Sustentable en Querétaro, así como sus reglas de operación correspondientes al ejercicio fiscal 2022.

7 de diciembre de 2022 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 28869
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE DESARROLLO SUSTENTABLE
Ing. Marco Antonio Salvador Del Prete Tercero, Secretario de Desarrollo Sustentable del Poder Ejecutivo, con
fundamento en los artículos 3, 9 segundo párrafo, 19 fracción IV y 25 fracciones XIII y XV de la Ley Orgánica del
Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro; en relación con los artículos 7 fracción XXXV, 30, 31 y 32 del Código
Ambiental del Estado de Querétaro; así como 54 de la Ley para el Manejo de los Recursos Públicos del Estado
de Querétaro; y
C O N S I D E R A N D O
I. En fecha 17 de junio de 2022, fue publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro
“La Sombra de Arteaga” el “Acuerdo por el que se establece el Fondo para la Protección Ambiental y el
Desarrollo Sustentable en Querétaro, así como sus Reglas de Operación correspondientes al Ejercicio
Fiscal 2022”, cuyo objeto es la conservación de los recursos naturales, así como para facilitar y apoyar la
gestión ambiental y climática en el Estado, correspondiendo a la Secretaría de Desarrollo Sustentable del
Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, su implementación y operación.
II. Las citadas Reglas de Operación del Fondo para la Protección Ambiental y el Desarrollo Sustentable en
Querétaro, correspondientes al Ejercicio Fiscal 2022, en lo sucesivo las “Reglas de Operación”, tienen
como objetivo, normar el procedimiento para el otorgamiento de apoyos provenientes del Fondo para la
Protección Ambiental y el Desarrollo Sustentable en Querétaro, así como establecer sus mecanismos de
ejecución durante el ejercicio fiscal 2022, de conformidad con las disposiciones legales aplicables.
III. Que, las Reglas de Operación contemplan en su artículo 10, lo siguiente:
“Los recursos otorgados a través del Fondo deberán sujetarse a la suficiencia presupuestal autorizada, así
como a las presentes Reglas de Operación y demás disposiciones jurídicas en su caso aplicables, con el
objeto de asegurar que la aplicación de los recursos públicos se realice con eficiencia, austeridad, honradez
y transparencia.
El Fondo y sus Reglas de Operación, operarán en función de la suficiencia presupuestal autorizada
mediante oficios con números 2022GEQ00710, 2022GEQ00725 y 2022GEQ00892 emitidos por la
Dirección de Gasto Social de la Subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo
del Estado de Querétaro en fechas 11 de mayo de 2022, 13 de mayo de 2002 y 03 de junio de 2022,
respectivamente; y conforme a la disponibilidad presupuestal del ejercicio fiscal 2022.” (sic)
IV. Que, en el marco del Fondo para la Protección Ambiental y el Desarrollo Sustentable en Querétaro, así
como sus reglas de operación correspondientes al ejercicio fiscal 2022, es claro que se consolida como un
instrumento económico necesario para la conservación de los recursos naturales, así como para facilitar y
apoyar la gestión ambiental y climática en el Estado.
V. En este contexto, en fecha 25 (veinticinco) de noviembre de 2022 (dos mil veintidós), la Dirección de Gasto
Social de la Subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de
Querétaro, emitió a la Secretaría de Desarrollo Sustentable del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro,
los oficios números 2022GEQ02085 y 2022GEQ02087, mediante los cuales se autoriza una nueva
suficiencia presupuestal para los efectos precisados en el artículo 10, segundo párrafo del “Acuerdo por el
que se establece el Fondo para la Protección Ambiental y el Desarrollo Sustentable en Querétaro, así como
sus Reglas de Operación correspondientes al Ejercicio Fiscal 2022”.
Por lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente:

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