Acuerdo que modifica al diverso que establece las mercancías cuya importación y exportación está sujeta a regulación por parte de la Secretaría de Salud.

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EmisorSecretaría de Economía

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Secretaría de Salud. Con fundamento en los artículos 34, fracciones I y XXXIII y 39, fracciones XXI y XXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o., fracción III, 5o., fracción III, 15, fracción VI, 16, fracción VI, 17 y 20 de la Ley de Comercio Exterior; 17 bis y 295 de la Ley General de Salud; 5, fracción XVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía; 2, apartado C, fracción X, 6 y 7, fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, y

CONSIDERANDO

Que el 26 de diciembre de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo que establece las mercancías cuya importación y exportación está sujeta a regulación por parte de la Secretaría de Salud (Acuerdo), el cual tiene por objeto establecer las fracciones arancelarias de las mercancías que están sujetas a Regulación, por parte de la Secretaría de Salud, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, cuyo cumplimiento se deberá acreditar ante las autoridades competentes.

Que el 22 de febrero de 2021, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, por medio del cual se crearon tres fracciones arancelarias, una correspondiente al Capítulo 30 para identificar las vacunas contra el virus SARS-CoV-2, y dos correspondientes al Capítulo 76 para identificar los tanques de aluminio para oxígeno de uso medicinal de los demás contenedores, y en consecuencia se suprimió una fracción arancelaria del Capítulo 76 en la que se clasificaban los tanques para oxígeno y los demás contenedores sin que estuvieran diferenciados, y se modificó temporalmente el arancel aplicable a dos fracciones arancelarias de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación. Lo anterior, con la finalidad de facilitar la importación con arancel exento temporal de la vacuna contra el virus SARS-CoV-2, y coadyuvar en la operación del programa de vacunación existente y necesario en nuestro país, así como de los tanques de aluminio para oxígeno de uso...

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