Acuerdo que modifica al diverso por el que se da a conocer la tarifa por los servicios que presta el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.

Fecha de publicación10 Noviembre 2023
EmisorINSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
SecciónUNICA. Organismos Descentralizados Y/O Desconcentrados
ACUERDO que modifica al diverso por el que se da a conocer la tarifa por los servicios que presta el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
ACUERDO que modifica al diverso por el que se da a conocer la tarifa por los servicios que presta el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- ECONOMÍA.- Secretaría de Economía.- Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.- Dirección General.
JOSÉ SÁNCHEZ PÉREZ, Director General del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, con fundamento en los artículos 1, 5, 6, 8, 10 y 11 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial; 1o., 2o., 17, 22, fracciones I y II, y 59 fracciones I, V, XII y XIV de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 9o. fracción I del Decreto por el que se crea el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial; 1o., 3o. fracción II, 4o. y 6o. BIS del Reglamento del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, y 1o., 4o., 5o. fracción II, y 10 de su Estatuto Orgánico, en cumplimiento al acuerdo 12/2023/2ª O., adoptado por la Junta de Gobierno de este Organismo y
CONSIDERANDO
Que las solicitudes o promociones presentadas al amparo de la Ley Federal de Protección a la PropiedadIndustrial están sujetas al pago de tarifas;
Que la Cuarta Disposición General del Acuerdo por el que se da a conocer la tarifa por los servicios que presta el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial prevé que cuando algunos servicios, relacionados con invenciones e información tecnológica, sean solicitados por inventores personas físicas, por micro o pequeñas industrias, por instituciones de educación superior públicas o privadas, por institutos de investigación científica y tecnológica del sector público, se podrán pagar únicamente el cincuenta por ciento (50%) de las cuotas que correspondan;
Que si bien la prestación electrónica de los diversos servicios que ofrece el Instituto ha tenido una amplia aceptación entre los usuarios, aún existe un alto número de expedientes, sobre todo en materia de invenciones, que se llevan a cabo de manera física, lo que incrementa tanto los costos de cumplimiento para éstos (desplazamientos físicos, impresiones, copias, entre otros) como los operativos del Instituto (digitalización, espacios físicos de almacenamiento, práctica de notificaciones, entre otros), aumentando además los tiempos de gestión de los expedientes;
Que la Junta de Gobierno del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial aprobó la inclusión del artículo 1 i, para el concepto "Petición de gestión electrónica"...

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