Acuerdo mediante el cual se subsidia el 100% del pago del Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos.

Jueves 30 de diciembre de 2021 Sección Segunda Tomo: CCXII No. 124
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Al margen Escudo del Estado de México.
LICENCIAD O ALFREDO DEL MAZO MAZA, GOBERNADOR CONSTITUCION AL DEL ESTADO DE MÉXICO,
EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 77, FRACCIONES II, XXI Y
XXVIII Y 78 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO Y CON
FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 2 Y 3 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO; Y 31, FRACCIÓN II DEL CÓDIGO FINANCIERO
DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS ; Y
CONSIDERAN DO
Que el Plan de Desarrollo del Estado de México 2017-2 023, en su eje transversal “Gobierno Capaz y
Responsa ble”, establece como estrategia la de desarrollar políticas públicas responsables en materia
hacendaria y fiscal, que fomenten el desarrollo económico y social.
Que los artículos 77, fracciones XXI y XXVIII y 78 de la Constitución P olítica del Estado Libre y Soberano de
México, s eñalan como obligación del Gobernador del Estado cuidar la recaudación y administración de la
hacienda pública del Estado, así como conduci r y dirigir los ramos de la administración gubernamental,
auxiliándose de las dependencias que las disposiciones legales establ ezcan.
Que en ejercicio de las facultades conferidas en los art ículos 2 y 3 de la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Estado de México y 31, fracción II del Código Financiero del Estado de México y Municipios, el
Gobernador del Estado puede conceder subsidios y estímulos fiscales mediante resoluciones de carácter
general que publique en el Pe riódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.
Que actualmente subsiste en el mundo la declaración de la O rganización Mundial de la Sal ud de estado de
emergenci a de salud pública, causada por el virus SARS-CoV -2 (COVID-19), el cual ha generado afectaciones
considerables en las actividades de los diversos sectores productivos en el país, provocando i nevitablemente un
impacto significativo en la economía nacional y, por ende, en la del E stado de México, lo cual genera efectos
directos en los contribuye ntes; por ello, el Ejecutivo del Estado ha c onsiderado necesario e indispensable, la
implementación de diversas acciones de Go bierno que permitan apoy ar a los c ontribuyentes mediante la
prevención, protección y atención de los efectos so cioeconómicos rela cionados con la situaci ón sanitaria relativa
a la pandemia ocasionada por el virus antes mencionado.
Que ha sido elemento sustancial de la política tributari a del Ejecutivo Estatal, ado ptar medidas para favorecer la
redistribución de la riqueza e impulsar el desarrollo de la sociedad, particularme nte de los sectores más
vulnerables en términos de su capacidad económica.
Que en orden de lo expuesto, esta administración que me permito encabezar, estima otorgar un subsidio del
100% del pago del Impuesto sobre Tenencia o Uso de V ehículos, respec to de los contribuyentes que se indican
en el presente Acuerdo y considerando la serie de externalidades económicas que inciden en una mejor calidad
de vida, asoci adas a la o bligación constitucional de contribuir al gasto público en la Enti dad, con fundamento en
el artículo 31, fracción I I del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
En mérito de lo expuesto, se expide el sigui ente:
ACUERDO MEDIANTE EL C UAL SE SUBSIDIA EL 100% DEL PAGO DEL IMPUESTO SOBRE TENENCIA O
USO DE VEH ÍCULOS.
PRIMERO: Se otorga el subsidio del 100% sobre el pago del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos del
Ejercicio Fiscal 2022, a los sigui entes contribuyentes:
I. Personas físicas residentes en el Estado de México, que sean propietarias de vehículos automotores
inscritos en el Registro Estatal de V ehículos, cuyo valor t otal no exceda de $400,000.00 (Cuatrocientos

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