Acuerdo mediante el cual se realizan modificaciones a diversos Sistemas de Datos Personales, correspondientes a la Policía Bancaria e Industrial

SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

POLICÍA BANCARIA E INDUSTRIAL

COMISARIO JEFE LIC. ELPIDIO DE LA CRUZ CONTRERAS, Director General de la Policía Bancaria e Industrial, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6 apartado A fracción II, 16 párrafo segundo, 21 décimo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 7, apartado E, numerales 2, 3 y 4, artículos 41, 43 numeral 4, inciso a) de la Constitución Política de la Ciudad de México, 53, fracción I y 55 de la Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México; 18 literal d) de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México; 3° fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 3° fracción I, 5° fracción I, 7° fracción XVI, 41 fracciones I y XVIII del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 1°, 2° fracción II, III y V, 3° fracción II apartado B) inciso b), 62, 63 y 66 fracciones I, VI, VII, XI, XV y XIX del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México, emite el siguiente:

CONSIDERANDO

  1. Que de conformidad con los artículos 6° apartado A fracción II y, 16 párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se establece que la información que se refiere a la vida privada y los datos personales será protegida en los términos y con las excepciones que fijen las leyes; además de que toda persona tiene el derecho humano a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos, así como a manifestar su oposición.

  2. Que la Constitución Política de la Ciudad de México establece en su artículo 7, apartado E, numerales 2, 3 y 4, el deber de proteger la información que se refiera a la privacidad y los datos personales, en los términos y con las excepciones previstas en la Constitución Federal y las leyes; asimismo prohibió cualquier injerencia arbitraria, oculta o injustificada en la vida de las personas y dispuso que toda persona tiene derecho al acceso, rectificación y cancelación de sus datos personales y a manifestar su oposición respecto del tratamiento de los mismos. Su manejo se regirá por los principios de veracidad, licitud, consentimiento, información, calidad, finalidad, lealtad, proporcionalidad y responsabilidad.

  3. Que de conformidad con los artículos fracción XXIX y 36 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México, señala que los Sistemas de Datos Personales como el conjunto organizado de archivos, registros, ficheros, bases o banco de datos personales en posesión de los Sujetos Obligados, cualquiera que sea la forma o modalidad de su creación, almacenamiento, organización y acceso; asimismo, establece que el titular del Sujeto Obligado en su función de Responsable del tratamiento de datos personales, conforme a su respectivo ámbito de competencia, determinará la creación, modificación o supresión de los sistemas de datos personales.

  4. Que de acuerdo a lo estipulado en el artículo 37 fracción I de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México y 63 primer párrafo de los Lineamientos Generales sobre Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México, establece que la creación, modificación o supresión de sus Sistemas de Datos Personales se efectuará mediante Acuerdo emitido por el Titular del Sujeto Obligado, o en su caso el órgano competente, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

  5. Que el mismo artículo 37 en su fracción II de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México en complemento con el 63 y 64 de los Lineamientos Generales de Datos local, establecen el contenido mínimo de los Acuerdos de Creación y Modificación de los Sistemas de Datos Personales correspondientes y ser notificado al Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (INFO) dentro de los diez días siguientes a su publicación.

    4 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 8 de junio de 2021

  6. Que los Sistemas de Datos Personales de la Policía Bancaria e Industrial fueron inscritos en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales (RESDP) administrado por el entonces Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal (hoy INFO) siendo considerados preexistentes a la entrada en vigor de la entonces Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal (ahora Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México), por lo cual en atención al principio de no retroactividad de la ley, establecido en el artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, no fue necesario publicar en el Órgano de Difusión Oficial local, la creación de los sistemas de datos personales que detenta este Sujeto Obligado; asignándoles los siguientes folios: "JUICIOS ADMINISTRATIVOS, LABORAL, CIVIL, PENAL Y CONTRATOS" con folio 0109202450206100507 inscrito en el RESDP el siete de mayo de dos mil diez, "QUEJAS Y DENUNCIAS" con folio 0109200010208100331 inscrito en el RESDP el treinta y uno de marzo de dos mil diez, "EVALUACIONES DE CONFIABILIDAD" con folio 0109200050209100407 inscrito en el RESDP el siete de abril de dos mil diez, "SEGURIDAD INTRAMUROS, PROTECCIÓN A PERSONAS; SEGURIDAD EN EL TRASLADO DE VALORES; SEGURIDAD PUBLICA" con folio 0109202090207100504 inscrito en el RESDP el cuatro de mayo de dos mil diez, "LICENCIA OFICIAL COLECTIVA NUMERO 6 DE PORTACIÓN DE ARMAS DE FUEGO" con folio 0109202110207100504 inscrito en el RESDP el cuatro de mayo de dos mil diez, "OPERACIONES FINANCIERAS CON PERSONAS FISICAS" 0109200070205100408 inscrito en el RESDP el ocho de abril de dos mil diez, "RECLUTAMIENTO, CAPACITACIÓN Y EDUCACION CONTINUA" con folio 0109215800210101006 inscrito en el RESDP el seis de octubre de dos mil diez. "RECURSOS HUMANOS con folio 0109200230213100422 inscrito en el RESDP el veintidós de abril de dos mil diez. con folio "SERVICIOS MEDICOS INTEGRALES con folio 0109200060202100407 inscrito en el RESDP el siete de abril de dos mil diez; lo anterior, en cumplimiento al artículo Transitorio Tercero de los entonces vigentes Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal con relación al acuerdo 0182/SO/10-03/2010, aprobado por el Pleno del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal, el diez de marzo de dos mil diez, y publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el veintidós de marzo de dos mil diez.

  7. Que con fecha 25 de noviembre de 2016 se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el Acuerdo por el que se modificaron los siguientes Sistemas de Datos:

    1. - Licencia Oficial Colectiva Número 6 de Portación de Armas de Fuego;

    2. - Reclutamiento, Capacitación y Educación Continua;

    3. - Evaluaciones de Confiabilidad;

    4. - Recursos Humanos;

    5. - Servicios Médicos Integrales;

    6. - Quejas y Denuncias;

    7. - Operaciones Financieras con Personas Físicas;

    8. - Juicios Administrativos, Laboral, Civil, Penal y Contratos;

    9. - Seguridad Intramuros; Protección a Personas, Seguridad en el Traslado de Valores, Seguridad Pública y Guía Técnico de la DGTPA.

  8. Que el 07 de abril de 2017 se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el Acuerdo por el que se modifican los sistemas de datos personales de la Policía Bancaria e Industrial:

    1. - Recursos Humanos.

    2. - Servicios Médicos Integrales.

    3. - Evaluaciones de Confiabilidad.

    Por las consideraciones y fundamentos anteriormente expuestos, y a fin de garantizar los principios, obligaciones y procedimientos que regulan la protección y tratamiento de los datos personales en posesión de este Sujeto Obligado, he tenido a bien emitir el siguiente:

    ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE REALIZAN MODIFICACIONES A LOS SISTEMAS DE DATOS PERSONALES "EVALUACIONES DE CONFIABILIDAD; JUICIOS ADMINISTRATIVOS, LABORAL, CIVIL, PENAL Y CONTRATOS; LICENCIA OFICIAL COLECTIVA NÚMERO 6 DE PORTACIÓN DE ARMAS DE FUEGO; OPERACIONES FINANCIERAS CON PERSONAS FÍSICAS; QUEJAS Y DENUNCIAS; RECLUTAMIENTO, CAPACITACIÓN Y EDUCACIÓN CONTINUA; RECURSOS HUMANOS; SEGURIDAD INTRAMUROS, PROTECCIÓN A PERSONAS, SEGURIDAD EN EL TRASLADO DE VALORES; SEGURIDAD PÚBLICA Y GUÍA TÉCNICO DE LA DGTPA Y SERVICIOS MÉDICOS INTEGRALES" CORRESPONDIENTES A LA POLICÍA BANCARIA E INDUSTRIAL DE LA CIUDAD DE MEXICO.

    PRIMERO. En cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 36 y 37 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México, así como los artículos 63 y 65 de los Lineamientos Generales sobre Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México, se modifica el Sistema de Datos Personales denominado: "EVALUACIONES DE CONFIABILIDAD", para quedar como se establece a continuación:

    A. Normatividad aplicable:

  9. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

  10. Ley General de Responsabilidades Administrativas.

  11. Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México.

  12. Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.

  13. Ley de Archivos de la Ciudad de México.

  14. Ley Orgánica de la Secretaria de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México.

  15. Lineamientos Generales de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad México.

    B. Transferencias de Datos:

  16. Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México.

  17. Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.

  18. Órganos Jurisdiccionales Locales y Federales.

  19. ...

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