Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones adiciona la fracción XV del artículo 4 de los Lineamientos del Registro Público de Concesiones.

Fecha de entrada en vigor15 Junio 2022
SecciónUNICA. Organismos Autonomos
Fecha de publicación14 Junio 2022
EmisorINSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES
ACUERDO mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones adiciona la fracción XV del artículo 4 de los Lineamientos del Registro Público de Concesiones

ACUERDO mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones adiciona la fracción XV del artículo 4 de los Lineamientos del Registro Público de Concesiones.

Al margen un logotipo, que dice: Instituto Federal de Telecomunicaciones.- Secretaría Técnica del Pleno.

ACUERDO MEDIANTE EL CUAL EL PLENO DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES ADICIONA LA FRACCIÓN XV DEL ARTÍCULO 4 DE LOS LINEAMIENTOS DEL REGISTRO PÚBLICO DE CONCESIONES.

Antecedentes

Primero.- El 11 de junio de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (en lo sucesivo, el "DOF"), el "Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de los artículos 6o., 7o., 27, 28, 73, 78, 94 y 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de telecomunicaciones" (en lo sucesivo el "Decreto de Reforma"), mediante el cual se creó al Instituto Federal de Telecomunicaciones (en lo sucesivo, el "Instituto") como un órgano autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propios.

Segundo.- El 14 de julio de 2014, se publicó en el DOF el "Decreto por el que se expiden la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y la Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano; y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones en materia de telecomunicaciones y radiodifusión", mismo que de conformidad con el artículo Primero Transitorio, entró en vigor a los 30 días naturales siguientes a su publicación, es decir, el 13 de agosto de 2014.

Tercero.- El 4 de septiembre de 2014 se publicó en el DOF, el "Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones", el cual entró en vigor el 26 de septiembre de 2014, (en lo sucesivo, "Estatuto Orgánico") cuya última modificación fue publicada en el DOF el 4 de marzo de 2022.

Cuarto.- El 8 de noviembre de 2017, se publicó en el DOF el "Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones aprueba y emite los Lineamientos de Consulta Pública y Análisis de Impacto Regulatorio del Instituto Federal de Telecomunicaciones" (en lo sucesivo, "Lineamientos de Consulta Pública"), el cual, en términos de lo dispuesto por el artículo Primero Transitorio, entró en vigor el 1 de enero de 2018.

Quinto.- El 28 de octubre de 2019, este Instituto publicó en el DOF los Lineamientos del Registro Público de Concesiones, cuyo objeto es regular lo establecido en los artículos 177, 178, 179 y 180 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (en lo sucesivo la "Ley") y tienen por objeto establecer la organización, funcionamiento, proceso y procedimientos aplicables al Registro Público de Concesiones que forma parte del Registro Público de Telecomunicaciones.

Sexto.- En el Instituto se han recibido diversas solicitudes del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación para la inscripción en el Registro Público de Concesiones de sanciones que, como parte de sus facultades, han sido impuestas a concesionarios que prestan servicios de radiodifusión y telecomunicaciones.

Séptimo.- Mediante Acuerdo P/IFT/090322/135 de fecha 9 de marzo de 2022, el Pleno del Instituto determinó someter a consulta pública el Anteproyecto de Modificación a los Lineamientos del Registro Público de Concesiones, la cual se llevó a cabo del 11 de marzo al 8 de abril de 2022, recibiéndose en ese período comentarios de 8 concesionarios en la forma de 2 participaciones.

Una vez cerrada la consulta pública, se agruparon los comentarios, opiniones y manifestaciones que se encontraron relacionados entre sí, se tomaron en consideración las aplicables para hacer modificaciones y adecuaciones al proyecto de modificación de Lineamientos del Registro Público de Concesiones. El pronunciamiento de manera general respecto de los comentarios, opiniones y manifestaciones concretas recibidas se encuentra disponible en el portal de Internet del Instituto.

Octavo.- De conformidad con el artículo Vigésimo Tercero de los Lineamientos de Consulta Pública, la Unidad de Concesiones y Servicios, mediante oficio IFT/223/UCS/DGA-RPT/0947/2022 de fecha 11 de mayo de 2022 remitió a la Coordinación General de Mejora Regulatoria de este Instituto, el Análisis de Nulo Impacto Regulatorio del Anteproyecto de modificación de Lineamientos del Registro Público de Concesiones, con el objeto de que dicha Coordinación emitiera la opinión no vinculante que correspondiera.

Noveno.- El 19 de mayo de 2022, mediante oficio IFT/211/CGMR/172/2022, la Coordinación General de Mejora Regulatoria emitió la opinión no vinculante en relación con el Análisis de Nulo Impacto Regulatorio de la modificación a los Lineamientos del Registro Público de Concesiones.

Considerando

Primero.- Competencia del Instituto. De conformidad con el artículo 28, párrafo décimo quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (en lo sucesivo, la "Constitución"), el Instituto es un órgano autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene por objeto el desarrollo eficiente de la radiodifusión y las telecomunicaciones, conforme a lo dispuesto en la propia Constitución y en los términos que fijen las Leyes.

Para tal efecto, el Instituto tiene a su cargo la regulación, promoción y supervisión del uso...

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