Acuerdo mediante el cual se hace del conocimiento del público en general los días inhábiles de la Oficina de Información Pública de Metrobús, Correspondientes al año 2015 y enero del 2016, para efectos de los Actos, Trámites y Procedimientos competencia de esta Oficina

METROBÚS

ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE HACE DEL CONOCIMIENTO DEL PÚBLICO EN GENERAL LOS DÍAS INHÁBILES DE LA OFICINA DE INFORMACIÓN PÚBLICA DE METROBÚS, CORRESPONDIENTES AL AÑO 2015 Y ENERO DEL 2016, PARA EFECTOS DE LOS ACTOS, TRÁMITES Y PROCEDIMIENTOS COMPETENCIA DE ESTA OFICINA.

Guillermo Calderón Aguilera, Director General del Organismo Público Descentralizado denominado Metrobús, con fundamento en los artículos 3 fracción IX y 71 fracción XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, 17 fracción primera del Estatuto Orgánico de Metrobús publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 6 de octubre de 2008; y

CONSIDERANDO

  1. Que Metrobús es un organismo público descentralizado de la Administración Pública del Distrito Federal, creado mediante decreto publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de marzo de 2005, cuyo objeto es la planeación, administración y control del Sistema de Corredores de Transporte Público de Pasajeros del Distrito Federal Metrobús.

  2. Que la Ley Federal del Trabajo en su artículo 74, fracciones I, II, III, IV, V, VI, VIII y IX disponen que son días de descanso obligatorio, entre otros, el 1 de enero, el primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero, el tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo, el 1 de mayo, el 16 de septiembre, el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre y el 25 de diciembre.

  3. Que la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal (LTAIPDF) establece en su artículo 7 que en todas aquellas cuestiones relacionadas con el Procedimiento no previstas en dicho ordenamiento, se aplicará la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal y, en su defecto, el Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal.

  4. Que de conformidad con el artículo 71 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, las actuaciones y diligencias en ella previstas se practicarán en días y horas hábiles, considerando como inhábiles los días: sábados y domingos, 1 de enero, el primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero, el tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo, el 1 de mayo, el 16 de septiembre, el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre, el 1 de diciembre de cada seis años, el 25 de diciembre y aquellos en que tengan vacaciones generales las autoridades competentes o aquellos en que se...

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