Acuerdo mediante el cual se emiten los lineamientos para la operación de la Plataforma Digital Estatal del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios.

Martes 28 de septiembre de 2021 Sección Primera Tomo: CCXII No. 60
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SISTEMA ESTATAL ANTICORRUPCIÓN DEL
ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS
Al margen Escudo del Estado de México y un logotipo que dice: Sistema Anticorrupción EDOMEX.
MAESTRA EN AUDITORÍA CLAUDIA ADRIANA VALDÉS LÓPEZ, SECRETARIA TÉCNICA DE LA SECRETARÍA
EJECUTIVA DEL SISTEMA ESTATAL ANTICORRUPCIÓN, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS
ARTÍCULOS 36 FRACCIÓN X, 48, SEGUNDO PÁRRAFO Y 49 DE LA LEY DEL SISTEMA ANTICORRUPCIÓN
DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
CONSIDERANDOS
Mediante el Decreto publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, en fecha 24 de abril de 2017, se
reformaron y adicionaron diversas disposiciones a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México,
entre las cuales, el artículo 130 Bis establece que el Sistema Estatal Anticorrupción es la instancia de coordinación
entre las autoridades de los órdenes de gobierno competentes en la prevención, detección y sanción de
responsabilidades administrativas, actos y hechos de corrupción; así como en la fiscalización y control de recursos
públicos; sistema que para el cumplimiento de su objeto se sujetará a las bases mínimas establecidas conforme a la
Ley respectiva.
En dicho contexto, a través del Decreto número 207 de la H. “LIX” Legislatura del Estado de México, publicado en el
Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 30 de mayo de 2017, se expidió la Ley del Sistema Anticorrupción del
Estado de México y Municipios, la cual en su artículo 2, fracción XI, establece las bases para crear e implementar
sistemas electrónicos para el suministro, intercambio, sistematización y actualización de la información que generen
las instituciones competentes estatales y municipales.
Asimismo, el artículo 49 de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios indica que la
Plataforma Digital Estatal (PDE) estará conformada por la información que a la misma incorporen los integrantes del
Sistema Estatal Anticorrupción; así como del Sistema Municipal Anticorrupción y contará al menos, con los sistemas
electrónicos siguientes:
I. Sistema de evolución patrimonial, de declaración de intereses y constancia de presentación de la declaración
fiscal.
II. Sistema de los servidores públicos que intervengan en procedimientos de contrataciones públicas.
III. Sistema de servidores públicos y particulares sancionados.
IV. Sistema de información y comunicación del Sistema Estatal Anticorrupción y del Sistema Estatal de
Fiscalización.
V. Sistema de denuncias públicas de faltas administrativas y hechos de corrupción.
VI. Sistema de Información Pública de Contrataciones, y
Por considerar que la implementación de la PDE implica un tratamiento intensivo o relevante de datos personales y
cumple con lo dispuesto en la Ley y demás normatividad aplicable, el 30 de noviembre de 2020, el Instituto de
Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios,
emitió el dictamen procedente del análisis y valoración de la Evolución de Impacto de la PDE, esto en los autos del
expediente INFOEM/DGPDP/EI/002/2020.
En términos de lo establecido en los artículos 17 fracción III y 22 fracciones III, IV y XV del Estatuto Orgánico de la
Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción, le corresponde a la Secretaría Técnica realizar, a través de la
Dirección General de Servicios Tecnológicos y Plataforma Digital, el diseño e implementación de mecanismos de
interoperabilidad e interconexión; así como proporcionar las tecnologías de la información y comunicación necesarias
para mantener conectada la PDE, la Plataforma Digital Nacional (PDN) y demás plataformas digitales, sistemas y
aplicaciones informáticas con las que se suministre o intercambie información; así como desarrollar, mantener,
actualizar y evaluar los servicios de las plataformas digitales cuya administración corresponda al Secretario Técnico y
administrar y proporcionar las tecnologías de la información y comunicación para alcanzar las metas y objetivos de la
Secretaría Ejecutiva.

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