Acuerdo mediante el cual el Director General de Regulación de la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Finanzas, delega facultades en favor de diversos servidores públicos adscritos a la Dirección General de Regulación.

Miércoles 22 de junio de 2022 Sección Primera Tomo: CCXIII No. 113
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PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE FINANZAS
Al margen Escudo del Estado de México.
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL EL DIRECTOR GENERAL DE REGULACIÓN DE LA
SUBSECRETARÍA DE INGRESOS DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS, DELEGA
FACULTADES EN FAVOR DE DIVERSOS SERVIDORES PÚBLICOS ADSCRITOS A LA
DIRECCIÓN GENERAL DE REGULACIÓN.
LIC. JAIME VALADEZ ALDANA, DIRECTOR GENERAL DE REGULACIÓN, CON
FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 15, 19 FRACCIÓN III, 23 Y 24
FRACCIONES II, III, VI Y LXIV; ASÍ COMO PÁRRAFO SEGUNDO DE LA LEY ORGÁNICA
DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO; 1, 5 Y 16 DEL CÓDIGO
FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS; 4 FRACCIÓN II DE LA LEY DE
COMPETITIVIDAD Y ORDENAMIENTO COMERCIAL DEL ESTADO DE MÉXICO, 1.4
PÁRRAFO SEGUNDO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO; 1, 3
FRACCIÓN IX Y PÁRRAFO SEGUNDO, 4 FRACCIÓN IV, 9 FRACCIONES I, IV Y XVII, 17
Bis Y 17 Ter DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS,
VIGENTE; Y
CONSIDERANDO
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19, fracción III de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Estado de México, el Titular del Ejecutivo Estatal para el estudio,
la planeación y el despacho de los asuntos en los diversos ramos de la administración
pública, el Titular del Ejecutivo Estatal se auxiliará entre otras dependencias de la Secretaría
de Finanzas.
Que en términos de lo establecido en los artículos 23 y 24 fracciones II, III, VI y LXIV y
párrafo segundo de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, la
Secretaría de Finanzas, es la dependencia encargada de la administración financiera y
tributaria de la hacienda pública del Estado.
Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 15 de la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Estado de México, en relación con el diverso numeral 6 del Reglamento Interior
de la Secretaría de Finanzas, los asuntos competencia de la Secretaría corresponden
originalmente al Secretario, quien podrá delegar sus atribuciones en los servidores públicos
subalternos, excepto aquellas que por disposición de ley o de dicho reglamento deban ser
ejercidas en forma directa por él; y para el despacho de los asuntos de su competencia, se
auxiliará, entre otras Autoridades, de los Directores Generales, Subdirectores, Jefes de
Departamento y demás funcionarios que establezca el Reglamento Interior y otras
disposiciones legales.

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