Acuerdo mediante el cual se da a conocer que subsiste la suspensión de Términos y Procedimientos a cargo de la Autoridad del Espacio Público de la Ciudad de México en general y se habilita para ciertos casos excepcionales, señalándose para tal efecto el periodo extraordinario de días inhábiles de la Autoridad del Espacio Público de la Ciudad de México, así como de su Unidad de Transparencia, correspondientes al año 2017, haciéndose del conocimiento del público en general el domicilio provisional que se señala a efecto de oír y recibir toda clase de notificaciones así como para substanciar los Actos y Procedimientos de su competencia en los términos de las habilitaciones extraordinarias que se fijan por medio del presente Acuerdo

20 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 10 de Octubre de 2017

AUTORIDAD DEL ESPACIO PÚBLICO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE DA A CONOCER QUE SUBSISTE LA SUSPENSIÓN DE TÉRMINOS Y PROCEDIMIENTOS A CARGO DE LA AUTORIDAD DEL ESPACIO PÚBLICO DE LA CIUDAD DE MÉXICO EN GENERAL Y SE HABILITA PARA CIERTOS CASOS EXCEPCIONALES, SEÑALANDOSE PARA TAL EFECTO EL PERIODO EXTRAORDINARIO DE DÍAS INHÁBILES DE LA AUTORIDAD DEL ESPACIO PÚBLICO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, ASÍ COMO DE SU UNIDAD DE TRANSPARENCIA, CORRESPONDIENTES AL AÑO 2017, HACIÉNDOSE DEL CONOCIMIENTO DEL PÚBLICO EN GENERAL EL DOMICILIO PROVISIONAL QUE SE SEÑALA A EFECTO DE OÍR Y RECIBIR TODA CLASE DE NOTIFICACIONES ASÍ COMO PARA SUBSTANCIAR LOS ACTOS Y PROCEDIMIENTOS DE SU COMPETENCIAEN LOS TÉRMINOS DE LAS HABILITACIONES EXTRAORDINARIAS QUE SE FIJAN POR MEDIO DEL PRESENTE ACUERDO.

ROBERTO JESÚS REMES TELLO DE MENESES, Coordinador General de la Autoridad del Espacio Público delaCiudad de México, con fundamento en los artículos 12, fracciones I, VI , 87 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 2º, párrafo cuarto 5°, 7º, 15 fracción II y 24 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1º, 2º, 6º, 7º, 11, 36 y 71, 72, 74 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 1, 2, 5, 6, 7, 8, 13, 21, 92, de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México; 198 A del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal,y:

CONSIDERANDO

I. Que la Autoridad del Espacio Público es un Órgano Desconcentrado de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, con autonomía de gestión administrativa y financiera, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7, 198 A, 198 B, 198 C y 198 D del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, que se encuentra sujeta en su actuar a la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal y demás disposiciones jurídicas aplicables.

II.Que con motivo del fenómeno sísmico ocurrido el día diecinueve de septiembre de dos mil diecisiete en la Ciudad de México, el Jefe de Gobierno emitió la Declaratoria de Emergencia, publicada en la Gaceta Oficial el día veinte de septiembre de dos mil diecisiete; en cuyo artículo Sexto estableció la suspensión de todos los términos y procedimientos administrativos a cargo de las Dependencias, Entidades, Órganos Desconcentrados y Delegaciones de la Ciudad de México, hasta...

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