Acuerdo mediante el cual se aprueba el Reglamento Interior del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios.

Martes 14 de marzo de 2023 Sección Primera Tomo: CCXV No. 47
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INSTITUTO DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN
PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL
ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS
Al margen un logotipo que dice : iinfoem Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección
de Datos Personales del Estado de México y Municipios.
Acuerdo mediante el cual se aprueba el Reglamento Interior del Instituto de
Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos
Personales del Estado de México y Municipios.
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBA EL REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO DE
TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL
ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
CONSIDERANDO
Que de conformidad con los artículos 116, fracción VIII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
5, párrafos trigésimo, trigésimo primero y trigésimo segundo, fracción VIII de la Constitución Política del Estado Libre
y Soberano de México; 29 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y
Municipios (Ley de Transparencia) y 81 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos
Obligados del Estado de México y Municipios (Ley de Protección de Datos Personales); el Instituto de Transparencia,
Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios (Instituto) es un
órgano público estatal constitucionalmente autónomo, especializado, independiente, imparcial y colegiado, dotado de
personalidad jurídica y patrimonio propio, con plena autonomía técnica, de gestión, con capacidad para decidir sobre
el ejercicio de su presupuesto y determinar su organización interna, responsable de garantizar el ejercicio de los
derechos de acceso a la información pública y la protección de datos personales en posesión de los Sujetos
Obligados.
Que el 4 de mayo de 2016 fue publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” del Estado de México, el
Decreto número 83, por el cual se expidió la Ley de Transparencia, misma que se encuentra armonizada con la Ley
General de Transparencia y Acceso a la Información Pública de conformidad con su artículo Quinto Transitorio.
Que para dar cumplimiento al artículo Sexto Transitorio de la Ley de Transparencia, el 4 de noviembre de 2016 se
publicó en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” del Estado de México, el Reglamento Interior del Instituto.
Que el 15 de enero de 2020, mediante acuerdo número INFOEM/ORD/001/III/2020, de la primera sesión ordinaria del
Pleno del Instituto, se aprobó la modificación a la estructura orgánica de este Órgano Garante.
Que el 15 de diciembre de 2021, mediante acuerdo número INFOEM/ORD/45/III/2021, de la cuadragésima quinta
sesión ordinaria del Pleno del Instituto, se aprobó nuevamente la modificación a la estructura orgánica de este Órgano
Garante, para la incorporación y cambio de denominación de diferentes Unidades Administrativas.
Que la estructura orgánica del Instituto ha experimentado cambios significativos en el tiempo, lo que podría generar
una falta de correspondencia entre las atribuciones asignadas a cada una de sus Unidades Administrativas.
Que con la finalidad de mejorar el desempeño de sus funciones y dar cumplimiento a sus fines, se estima necesario
que el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de
México y Municipios cuente con un nuevo Reglamento Interior que refleje su realidad actual.
Que, en mérito de lo expuesto y con fundamento en el Artículo 36, fracción XIX, 37 y 38, de la Ley de Transparencia y
Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, el Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a
la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios, como órgano máximo de
decisión, emite el siguiente:
ACUERDO
ÚNICO. Se aprueba el Reglamento Interior del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y
Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios.
Martes 14 de marzo de 2023 Sección Primera Tomo: CCXV No. 47
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REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y
PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
TÍTULO PRIMERO
Del Objeto y Fines del Reglamento
CAPÍTULO I
De la Organización
Artículo 1. El presente Reglamento Interior tiene por objeto establecer la organización y el funcionamiento del
Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México
y Municipios.
Artículo 2. Además de las definiciones establecidas en el artículo 3 de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Estado de México y Municipios, y el artículo 4 de la Ley de Protección de Datos Personales
en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios, para los efectos de este Reglamento, se
entenderá por:
I. Comisiones: Las establecidas en los Lineamientos para el funcionamiento del Pleno y las Comisiones del Instituto
de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y
Municipios.
II. Órgano Interno de Control: El Órgano Interno de Control del Instituto;
III. Instituto: Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del
Estado de México y Municipios;
IV. Ley de Protección de Datos Personales: Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos
Obligados del Estado de México y Municipios;
V. Ley de Responsabilidades: Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios;
VI. Ley de Transparencia: Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y
Municipios;
VII. Leyes de la Materia: Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley de Transparencia y
Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, Ley General de Protección de Datos Personales
en Posesión de Sujetos Obligados, Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del
Estado de México y Municipios, Ley General de Archivos y la Ley de Archivos y Administración de Documentos del
Estado de México y Municipios.
VIII. Lineamientos para el funcionamiento del Pleno: Lineamientos para el funcionamiento del Pleno y las
Comisiones del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de l
Estado de México y Municipios;
IX Pleno: El órgano máximo de autoridad del Instituto;
X. Reglamento: El presente Reglamento Interior;
XI. Secretario o Secretaria: Persona Titular de la Secretaría Técnica del Pleno;
XII. Sistema de Protección: Sistema de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de México;
XIII. Sistema Estatal para la Igualdad: Sistema Estatal para la Igualdad de Trato y Oportunidades entre Mujeres y
Hombres y para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres;
XIV. Titulares: A las personas que encabezan cada una de las Unidades Administrativas con que cuenta el Instituto
incluido el Órgano Interno de Control; y
XV. Unidades Administrativas: A las unidades que integran la estructura orgánica del Instituto.

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