Acuerdo por el que se levanta la suspensión de plazos y términos aplicables en los trámites y procedimientos administrativos sustanciados ante la Secretaría de Relaciones Exteriores, así como por el que se dan a conocer al público en general los trámites y servicios que continuarán realizándose a través de medios electrónicos.

Fecha de entrada en vigor17 Junio 2023
EmisorSECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES
Fecha de publicación16 Junio 2023
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo
ACUERDO por el que se levanta la suspensión de plazos y términos aplicables en los trámites y procedimientos administrativos sustanciados ante la Secretaría de Relaciones Exteriores, así como por el que se dan a conocer al público en general los trámites
ACUERDO por el que se levanta la suspensión de plazos y términos aplicables en los trámites y procedimientos administrativos sustanciados ante la Secretaría de Relaciones Exteriores, así como por el que se dan a conocer al público en general los trámites y servicios que continuarán realizándose a través de medios electrónicos. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Relaciones Exteriores.
MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON, secretario de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 26 y 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 y 30 de la LeyFederal de Procedimiento Administrativo, 1, 6, 8 y 9, fracción XXIX, del Reglamento Interior de la Secretaríade Relaciones Exteriores, y
CONSIDERANDO
Que el 16 de abril de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el "Acuerdo por el que se dan a conocer los días en que se suspenderán los plazos y términos aplicables en los trámites y procedimientos administrativos sustanciados ante la Secretaría de Relaciones Exteriores, con motivo de la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-COV2 (COVID-19)", siendo su última modificación la publicada el 7 de octubre de 2022, mediante el cual, entre otros puntos, se establecieron Módulos de Atención al Público, así como la atención vía electrónica, para trámites, procedimientos y procesos de la Dirección General de Asuntos Jurídicos;
Que el 5 de mayo de 2023, derivado de la decimoquinta reunión del Comité de Emergencias, la Organización Mundial para la Salud declaró la terminación de la emergencia de salud pública de importancia internacional provocada por el virus SARS-CoV-2;
Que el 9 de mayo de 2023 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se declara terminada la acción extraordinaria en materia de salubridad general que tuvo por objeto prevenir, controlar y mitigar la enfermedad causada por el virus SARS-CoV-2 (COVID-19);
Que de conformidad con el artículo 30 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, las diligencias o actuaciones del procedimiento administrativo se efectuarán conforme a los horarios que cada dependencia o entidad de la Administración Pública Federal previamente establezca y publique en el Diario Oficial de la Federación;
Que por otra parte la línea de acción 2, del objetivo específico 4, del numeral I. Política Digital en la Administración Pública Federal, de la Estrategia Digital Nacional 2021-2024, establece fomentar la digitalización de trámites previamente simplificados;
Que en ese sentido el uso eficiente de las Tecnologías de la Información y Comunicación permite mejorar el desempeño y calidad de las atribuciones que tiene a su cargo la Secretaría de Relaciones Exteriores, a través de sus Direcciones Generales de Asuntos Jurídicos y del Servicio Exterior y de Recursos Humanos, lo que contribuye a simplificar sus trámites procedimientos y...

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