Acuerdo legislativo que gira exhorto a los Ayuntamientos de los municipios de Guadalajara, Tlajomulco de Zúñiga, San Pedro Tlaquepaque y Tonalá para que de considerarlo pertinente y en ejercicio de sus facultades incrementen en sus respectivas Comisarias de Seguridad Pública, el número de elementos operativos y patrullas para atender las medidas de protección que se dicten por las autoridades competentes, para proteger a las mujeres que son víctimas de violencia.(F.9199)

Número de Iniciativa3427/LXIII
Fecha de registro01 Septiembre 2023
Autor de la iniciativaPérez Rodríguez Leticia
Tipo de proyectoIniciativa de Acuerdo Legislativo
SesiónLegislatura LXII
GOBIERNO
DE JALISCO
PODER
LEGISLATIVO
SECRETAR¡A
DEL CONGRESO
NÚME
DEPENDENCIA-
H. CONGRESO DEL ESTADO DE JALISGO
PRESENTE.
La que suscribe LETlclA pÉnez RODRíGUEZ,
Diputada integrante del Grupo Parlamentario del Movimiento
de Regeneración Nacional, en uso de las facultades que me
confieren los artículos 28 fracción 1 y 35 de la Constitución
Política del estado de Jalisco y 26 párrafo 1 fracción Xl, y 139
de Ley Orgánica del Poder Legislativo ambos ordenamientos
del Estado de Jalisco, someto a la consideración de esta
Asamblea, la siguiente lniciativa de Acuerdo Legislativo, por
el que de manera respetuosa se gira atento exhorto a los
Ayuntamientos de los municipios de Guadalajara,
Tlajomulco de Zúñiga, San Pedro Tlaquepaque y Tonalá
para que de considerarlo pertinente y en ejercicio de sus
facultades incrementen en sus respectivas Comisarias de
Seguridad Pública, el número de elementos operativos y
patrullas para atender las medidas de protección que se
dicten por las autoridades competentes, para proteger a
las mujeres que son víctimas de violencia, al tenor de la
siguiente:
EXPOSTCTÓru Oe MOTTVOS
Es una facultad soberana del Congreso de Jalisco legislar en
todas las ramas del orden interior del Estado, expedir leyes y
ejecutar actos sobre materias que le son propias, salvo
aquellas concedidas al Congreso de la Unión conforme al
Pacto Federal en la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, tal como lo dispone el artículo 35 fracción l,
de la Constitución Política del Estado de Jalisco.
Es un derecho de las diputadas de este Congreso del Estado
de Jalisco, presentar iniciativas de ley, decreto o acuerdo
legislativo en materia de competencia estatal, conforme a lo
dispuesto por el artículo 27 fracción I de la vigente Ley
Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Jalisco.
1
n9199
PODER LEGISLATIVO DEL ESÏADO
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